Sentencia N° 220 — Sala Electoral del TSJ, 18 de noviembre de 2015

TSJ/SE, Sent. N° 220, Exp. 2014-000072, 18/11/2015
Expediente2014-000072
PonenteJHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2015-11-18
DecisiónDecaimiento de la acción por pérdida del interés procesal

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara el decaimiento de la acción por pérdida del interés procesal en el recurso contencioso electoral interpuesto por Limar Ramos, relacionado con el proceso electoral del Consejo Comunal PAYARITA I. Se establece que la recurrente no realizó ningún acto procesal desde la interposición del recurso el 14 de agosto de 2014, lo que evidencia su inactividad y pérdida de interés en el asunto. La decisión se fundamenta en la falta de actuación procesal por parte de la recurrente, quien no mostró interés en que se decidiera el presente asunto, transcurriendo más de un año sin manifestar actividad. La Sala recuerda que el interés procesal es un requisito esencial para el ejercicio de la acción judicial, y su ausencia puede llevar a la extinción de la misma. Finalmente, se ordena la publicación, registro y notificación de la sentencia, así como el archivo del expediente, concluyendo que la inactividad procesal justifica la declaración de decaimiento de la acción.

Extracto de la motiva

En el caso de autos, de la revisión del expediente se observa que la causa se encuentra en estado de ser admitida y que la parte recurrente no realizó actuación alguna con posterioridad al día en que introdujo el recurso contencioso electoral, es decir, ha transcurrido un lapso superior a un año al momento de emitir el presente fallo sin haber manifestado interés en que se decida el presente asunto, razón por la cual, vista la inactividad procesal en el caso bajo análisis, resulta evidente la pérdida del interés procesal de la parte actora, por lo cual se declara el decaimiento de la acción. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley declara EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL en el recurso contencioso electoral interpuesto por la abogada Limar Ramos, ya identificada, contra el proceso electoral del Consejo Comunal PAYARITA I, cuyo acto de votación se llevó a cabo el 8 de abril de 2014. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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