Sentencia N° 213 — Sala Electoral del TSJ, 3 de diciembre de 2014

TSJ/SE, Sent. N° 213, Exp. AA70-E-2014-000016, 03/12/2014
ExpedienteAA70-E-2014-000016
PonenteFERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2014-12-03
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto por Miguel Eligio Mora Roa contra la negativa del Consejo Nacional Electoral respecto al Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de las Concejalas y Concejales al Concejo Municipal del municipio Uribante, estado Táchira. El recurrente alegó que los votos debieron ser computados en un solo bloque, pero la Sala concluyó que la división de votos fue conforme a la normativa electoral vigente y que la voluntad del electorado convalidó cualquier vicio de inelegibilidad del candidato electo, José Candelario Ramírez Duque.

Extracto de la motiva

La parte recurrente inició su escrito alegando que en el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de las Concejalas y Concejales al Concejo Mucicipal del municipio Uribante del estado Táchira, de fecha 9 de diciembre de 2013, se evidencia que los votos adjudicados al ciudadano Miguel Eligio Mora Roa fueron divididos en dos (2) bloques, por una parte los votos obtenidos por el partido político “…PPT…”, y por otra parte los votos obtenidos por los partidos políticos “…PSUV, PODEMOS Y UPV…”. Afirmó que la sumatoria de votos debió ser computada en un (1) solo bloque, englobando los sufragios obtenidos por todos los partidos que lo postularon, de forma tal que le hubiesen adjudicado un mil seiscientos noventa y dos (1.692) votos, y ocupado el segundo puesto como el Concejal más votado, “…después del 1° más votado (Jackson Eduardo Durán) con 1.727 votos…”, al cual le adjudicaron los votos obtenidos por los partidos políticos “…MUD, MR Y MAS…”. Denunció que de los treinta y seis (36) candidatos que participaron en las elecciones del municipio Uribante del estado Táchira, únicamente al ciudadano Miguel Eligio Mora le fue aplicada esa fórmula. Señaló que con el objetivo de obtener la máxima votación en esos comicios, los partidos “…PPT, PSUV, PODEMOS Y UPV…” conformaron una alianza de conformidad con lo preceptuado en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, sin embargo, como producto de la división de votos, no fue juramentado como Concejal del referido Municipio.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido por el abogado Jesús Neptalí Escalante Pérez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 44.504, actuando como representante judicial del ciudadano Miguel Eligio Mora Roa, titular de la cédula de identidad número 10.741.907, contra la negativa del Consejo Nacional Electoral respecto al recurso jerárquico ejercido contra el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación de las Concejalas y Concejales al Concejo Municipal del municipio Uribante del estado Táchira, publicada el 9 de diciembre de 2013, por la Junta Municipal Electoral de la referida entidad. Publíquese, regístrese y notifíquese.

Palabras clave

silencio administrativocontrol difusoderechos electoralestutela judicialconstitucionalidadConsejo Nacional ElectoralLey Orgánica de Procesos Electorales

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