Sentencia N° 212 — Sala Electoral del TSJ, 27 de noviembre de 2007
TSJ/SE, Sent. N° 212, Exp. 04-000067, 27/11/2007
Expediente04-000067
PonenteLUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
MateriaElectoral
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-11-27
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión de la sentencia número 146 del 13 de octubre de 2004, presentada por Mirtha Barreto. La solicitante argumenta que fue incluida erróneamente en la sentencia, ya que su cargo era de suplente y no de miembro principal. Sin embargo, la Sala aclara que no puede pronunciarse nuevamente sobre lo decidido en un proceso, en virtud del principio de inmutabilidad del fallo.
Extracto de la motiva
En efecto, la Sala debe precisar que el único supuesto contemplado en el ordenamiento jurídico, en el cual el órgano judicial puede volver a pronunciarse (aclarando puntos dudosos u omitidos, o bien rectificando errores materiales) en relación con hechos que han sido objeto de análisis en un fallo ya dictado por él mismo, está regulada en el artículo 252, aparte único, del Código de Procedimiento Civil, el cual, de ser el caso, resultaría aplicable a este procedimiento por disposición del artículo 19 primer aparte de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con lo previsto en el artículo 238 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política. Ahora bien, en el presente caso la solicitante pretende la “revisión” de la decisión número 146 dictada por esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2004, procurando que se altere el contenido de la misma sobre la base de que, en su criterio, hubo un error al incluirla en la parte dispositiva, por cuanto ella no se hallaba en el mismo supuesto de hecho que el resto de las ciudadanas mencionadas.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud formulada ante este órgano jurisdiccional por la ciudadana Mirtha Barreto, ya identificada, relativa a la “revisión de la Sentencia de la Sala Electoral…” número 146 del 13 de octubre de 2004.
Palabras clave
revisiónsentenciaelectoralinadmisioncódigo de procedimiento civilcaja de ahorrosinelegibilidad