La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Rodolfo Luis Quijada Marval, quien impugnó un auto de inadmisión de prueba dictado por el Juzgado de Sustanciación. El recurrente argumentó que se cumplían los requisitos del artículo 436 del Código de Procedimiento Civil para la admisión de la prueba de exhibición del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Delegados y Delegadas N° 66. Sin embargo, el Juzgado consideró que no se cumplió con los requisitos necesarios para la admisibilidad de dicha prueba, lo que llevó a la declaración de inadmisibilidad.
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 22 de enero de 2019, por el ciudadano Rodolfo Luis Quijada Marval, asistido por el abogado Estuardo Elias Sempertiguez, contra el auto de admisión de pruebas dictado el 16 de enero de 2019, en el expediente AA70-E-2018-000033, únicamente en lo referente a la inadmisión de la exhibición del documento consistente del Acta de Asamblea General Extraordinaria de Delegados y Delegadas N° 66 de fecha 21 de julio de 2017.
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