Sentencia N° 21 — Sala Electoral del TSJ, 13 de marzo de 2007
TSJ/SE, Sent. N° 21, Exp. 06-000083, 13/03/2007
Expediente06-000083
PonenteLUIS ALFREDO SUCRE CUBA
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2007-03-13
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por Emanuel Blumhagen Schill contra la Resolución del Consejo Nacional Electoral que declaró sin lugar el Recurso Jerárquico propuesto contra la postulación de Alexis Álvarez y Yasmín Susana Díaz como candidatos a concejales. La Sala considera que el recurso es inadmisible por caducidad, ya que fue interpuesto fuera del lapso establecido por la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política.
Se argumenta que la decisión del Consejo Nacional Electoral se basó en la falta de observaciones en el proceso de postulación, lo que llevó a la conclusión de que los candidatos habían sido debidamente seleccionados. La Sala también señala que no se presentaron pruebas suficientes para demostrar la irregularidad en la postulación de los candidatos impugnados.
Finalmente, se ordena la publicación y registro de la sentencia, reafirmando la autoridad de la Ley y el cumplimiento de los procedimientos establecidos.
Extracto de la motiva
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto el 15 de noviembre de 2005, por el ciudadano EMANUEL BLUMHAGEN SCHILL, antes identificado, actuando en su condición de “… elector del Municipio Obispos, Coordinador de Alianzas y formación (sic) del Movimiento Quinta República (MVR), del Municipio Obispos del Estado Barinas y además, como participante del proceso interno democrático que se llevó a cabo en el Movimiento Quinta República, en nuestro Municipio, aspirante al cargo de Concejal voto lista …”, contra la Resolución emanada del Consejo Nacional Electoral, signada con el N° 050629-448, de fecha 29 de junio del año 2005, mediante la cual declaró sin lugar el Recurso Jerárquico propuesto contra la inscripción de la postulación de los ciudadanos Alexis Álvarez y Yasmín Susana Díaz, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.983.684 y 13.501.970, respectivamente, como candidatos a Concejales en el Municipio Obispos del Estado Barinas.
Dispositiva
En mérito de lo antes expuesto, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto el 15 de noviembre de 2005, por el ciudadano EMANUEL BLUMHAGEN SCHILL, antes identificado, actuando en su condición de “… elector del Municipio Obispos, Coordinador de Alianzas y formación (sic) del Movimiento Quinta República (MVR), del Municipio Obispos del Estado Barinas y además, como participante del proceso interno democrático que se llevó a cabo en el Movimiento Quinta República, en nuestro Municipio, aspirante al cargo de Concejal voto lista …”, contra la Resolución emanada del Consejo Nacional Electoral, signada con el N° 050629-448, de fecha 29 de junio del año 2005, mediante la cual declaró sin lugar el Recurso Jerárquico propuesto contra la inscripción de la postulación de los ciudadanos Alexis Álvarez y Yasmín Susana Díaz, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.983.684 y 13.501.970, respectivamente, como candidatos a Concejales en el Municipio Obispos del Estado Barinas. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
recurso contencioso electoralConsejo Nacional ElectoralpostulacióncandidatoscaducidadLey Orgánica del SufragioMunicipio ObisposMovimiento Quinta República