Sentencia N° 204 — Sala Electoral del TSJ, 15 de noviembre de 2007

TSJ/SE, Sent. N° 204, Exp. 07-000094, 15/11/2007
Expediente07-000094
PonenteLUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
MateriaElectoral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-11-15
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de ampliación de la sentencia N° 202, presentada por Natalio Andrés Tarazona Guerrero. La solicitud se fundamenta en la supuesta desmejora de su candidatura en las elecciones de la Federación de Centros Universitarios de la Universidad Central de Venezuela. La Sala determina que la solicitud no cumple con los requisitos establecidos en el Código de Procedimiento Civil para ser admitida.

Extracto de la motiva

A los fines de dictar su fallo, previamente advierte este órgano judicial que la solicitud de aclaratoria de sentencias está regulada expresamente por el artículo 252, aparte único, del Código de Procedimiento Civil, aplicable a este procedimiento por reenvío sucesivo de los artículos 238 y 19 primer aparte de las Leyes Orgánicas del Sufragio y Participación Política y del Tribunal Supremo de Justicia, respectivamente. En ese sentido, siguiendo los términos de dicho Código, los requisitos que deben cumplirse para que proceda dicha solicitud son: 1) Que su objeto sea aclarar puntos dudosos, salvar las omisiones y rectificar los errores de copia, de referencia o de cálculos numéricos presentes en el fallo judicial, y, 2) Que dicha solicitud se formule en el mismo día o el siguiente de aquel en que tenga lugar la publicación de la sentencia. En atención al marco normativo antes expuesto, pasa este órgano judicial a revisar el cumplimiento de los aludidos requisitos, en primer término el presupuesto de índole temporal, y al efecto observa que la decisión con respecto a la cual se solicita la aclaratoria fue dictada en fecha 14 de noviembre de 2007. Asimismo, se observa que el escrito mediante el cual se solicita la aclaratoria fue presentado en esta Sala el día 15 de noviembre de 2007, por lo que es evidente que la solicitud de aclaratoria de la decisión fue interpuesta oportunamente. Así se declara.

Dispositiva

En virtud de lo antes expuesto, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de ampliación de la sentencia N° 202 dictada en este procedimiento el 14 de noviembre de 2007, interpuesta por el abogado el ciudadano NATALIO ANDRÉS TARAZONA GUERRERO, asistido por la abogada Nancy Montaggioni, antes identificados. Publíquese y regístrese.

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