Sentencia N° 203 — Sala Electoral del TSJ, 23 de noviembre de 2017

TSJ/SE, Sent. N° 203, Exp. 2016-000017, 23/11/2017
Expediente2016-000017
PonenteINDIRA ALFONZO IZAGUIRRE
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2017-11-23
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara Sin Lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por Francisco Antonio Colmenares Silva contra la negativa tácita del Consejo Nacional Electoral respecto a la postulación y elección de Miguel Ramón Lara Aguilar como concejal. Se argumenta que la pensión de invalidez del demandado no constituye una causal de inelegibilidad, ya que no se encuentra en las causales establecidas por la ley. Además, se destaca que la legislación protege el derecho de las personas con discapacidad a participar en la vida política.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral reitera que no resulta posible declarar la caducidad cuando se impugna un proceso electoral con fundamento en la inelegibilidad de un candidato, en este caso concreto, del ciudadano Miguel Ramón Lara Aguilar al cargo de Concejal Lista del Concejo Municipal del Municipio Cabimas, estado Zulia. En consecuencia, esta Sala desestima la caducidad alegada en la interposición del presente recurso. Así se decide.

Dispositiva

Por las anteriores razones de hecho y de derecho, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1. Su COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto por el abogado Cesar Augusto Arias Fernández, inscrito en el Inpreabogado con el número 56.479, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANCISCO ANTONIO COLMENARES SILVA, en su alegada condición de '(...) candidato postulado al cargo de Concejal Lista, por el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), al Concejo Municipal del Municipio Cabimas, Estado Zulla, en el proceso electoral (...) del ocho (8) de diciembre de 2013 (...)' contra '(...) la NEGATIVA TACITA del Consejo Nacional Electoral (CNE) que declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico de NULIDAD de la postulación y posterior elección de ciudadano MIGUEL RAMÓN LARA AGUILAR (...)'. 2. SIN LUGAR el referido recurso por no existir infracción de las normas constitucionales y legales relativas a los supuestos de inelegibilidad e incompatibilidad en la elección o ejercicio del cargo de Concejal municipal.

Palabras clave

Contencioso ElectoralInelegibilidadInvalidezDerechos PolíticosParticipación Política

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