Sentencia N° 2 — Sala Electoral del TSJ, 28 de enero de 2010

TSJ/SE, Sent. N° 2, Exp. 10-000004, 28/01/2010
Expediente10-000004
PonenteRAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2010-01-28
DecisiónADMITE el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida de suspensión de efectos

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió un recurso contencioso electoral interpuesto por trabajadores de la Universidad Nacional Abierta, quienes solicitaron la inclusión del personal administrativo y obrero en el padrón electoral. La decisión se fundamenta en la omisión de estos sectores en el proceso electoral para elegir autoridades universitarias, programado para el 23 de febrero de 2010. La Sala consideró que la falta de inclusión podría violar el principio democrático y la autonomía universitaria, por lo que se acordó la suspensión del proceso electoral hasta que se resuelva la situación.

Extracto de la motiva

Como punto previo, pasa esta Sala a pronunciarse sobre la admisibilidad del presente recurso, para lo cual observa: Una vez revisadas las actuaciones que cursan en autos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 215 y 214 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, este último que remite a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y atendiendo a la señalado en sentencia de esta Sala número 147 del 11 de noviembre de 2009, en la cual se hacen adaptaciones al procedimiento remitido con el objeto de que responda a la tramitación de las pretensiones que se ventilan en esta Sede Electoral según la función que la Constitución le asigna a la misma, se admite el presente recurso. Así se decide. Establecido lo anterior, se observa que ha sido criterio reiterado de esta Sala Electoral que las medidas cautelares son un instrumento necesario para la eficiencia de la justicia, creándose como una garantía de protección de los derechos supuestamente violados hasta tanto se dicte el fallo definitivo, evitando así que el mismo pueda resultar ineficaz (cfr., entre otras, sentencia número 15 del 7 de febrero de 2001 y 148 del 3 de septiembre de 2003), garantía que debe operar en aquellos casos en los cuales, cumplidas las condiciones legalmente dispuestas, sea necesario acordar una protección cautelar sobre la base de elementos probatorios suficientes que hagan presumir la necesidad de esta tutela provisoria mientras se dicta la sentencia definitiva.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: ADMITE el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con medida de suspensión de efectos por los ciudadanos HENRY MACÍAS LAREAL, PEDRO LUIS ROMERO RAMÍREZ y DAVID ERNESTO MENDOZA, contra la Comisión Electoral de la Universidad Nacional Abierta, por omitir al personal administrativo y obrero en el padrón electoral publicado en ele marco del proceso comicial para elegir a las autoridades de la referida Universidad. SEGUNDO: ACUERDA como medida cautelar, la suspensión del proceso electoral para elegir a las autoridades de la Universidad Nacional Abierta para el período 2010-2014, cuyo acto de votación está fijado para el día 23 de febrero de 2010. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

derechos políticosautonomía universitariademocraciaeleccionesrecurso contenciosouniversidad

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