Sentencia N° 2 — Sala Electoral del TSJ, 21 de enero de 2009

TSJ/SE, Sent. N° 02, Exp. 08-000075, 21/01/2009
Expediente08-000075
PonenteJUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2009-01-21
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia ratifica su criterio sobre la inadmisibilidad de recursos contenciosos electorales, en este caso, el presentado por Jaime de la Trinidad Vargas Guerrero contra la candidatura de Stella Lugo de Montilla. Se establece que, conforme a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, no se admiten recursos contra las decisiones de esta Sala. Por lo tanto, se declara inadmisible la apelación intentada por el ciudadano.

Extracto de la motiva

Consecuencia de lo anterior y visto que contra la referida decisión N° 194, de fecha 13 de noviembre de 2008, mediante la cual se declaró inadmisible el recurso contencioso electoral ejercido por el ciudadano JAIME DE LA TRINIDAD VARGAS GUERRERO, contra “…LA CANDIDATURA A LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO FALCÓN DE LA CIUDADANA STELLA LUGO DE MONTILLA…”, no es posible en derecho ejercer recurso ordinario alguno, resulta evidente que la apelación intentada deviene en INADMISIBLE.

Dispositiva

Así se decide. Archívese el expediente.

Palabras clave

recurso contencioso electoralinadmisibilidadcandidaturagobernaciónFalcónTribunal Supremo de JusticiaLey Orgánica

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