Sentencia N° 197 — Sala Electoral del TSJ, 15 de diciembre de 2005
TSJ/SE, Sent. N° 197, Exp. 03-00041, 15/12/2005
Expediente03-00041
PonenteLUIS ALFREDO SUCRE CUBA
MateriaElectoral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-12-15
DecisiónSe ordena el archivo del expediente
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en respuesta a una acción de amparo constitucional presentada por varios abogados contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados de Caracas por la omisión de convocar elecciones. La Sala consideró que el proceso electoral se llevó a cabo el 10 de noviembre de 2005, cumpliendo con lo ordenado en sentencias anteriores. En consecuencia, se ordenó el archivo del expediente.
Extracto de la motiva
Vistos los informes cursantes en el expediente, conforme a los cuales los apoderados judiciales del Colegio de Abogados de Caracas y del Consejo Nacional Electoral, respectivamente, afirman que el 10 de noviembre de 2005 se llevó a cabo el proceso comicial para elegir las autoridades gremiales del Colegio de Abogados de Caracas, esta Sala Electoral estima que con ello se ha dado cabal cumplimiento a la ejecución del fallo dictado por esta Sala el 31 de julio de 2003, razón por la cual ordena el archivo del presente expediente. Así se decide.
Dispositiva
En mérito de lo antes expuesto, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE contentivo de la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados José Ramón Sevilla Mata, Carlos Barrero Hernández, Luis Wladimir Lotozezefsky y Mercedes Segredo, antes identificados, contra la Junta Directiva del COLEGIO DE ABOGADOS DE CARACAS, por la omisión de convocar elecciones para escoger a las nuevas autoridades en dicho gremio. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.
Palabras clave
amparo constitucionaleleccionescolegio de abogadosproceso electoralJunta DirectivaConsejo Nacional Electoralcumplimiento de sentencia