La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso electoral interpuesto por varios ciudadanos en su calidad de funcionarios de la Policía del Estado Carabobo, quienes impugnaron actos administrativos relacionados con un proceso electoral de la Caja de Ahorros y Bienestar Social de dicho organismo. La Sala declaró su competencia para conocer del recurso y admitió la impugnación de ciertos actos administrativos, mientras que desestimó la solicitud de amparo cautelar y declaró inadmisibles otros actos impugnados por haber sido presentados fuera del plazo legal. La decisión se fundamenta en la naturaleza electoral de los actos impugnados y en la necesidad de garantizar los derechos de los ciudadanos involucrados en el proceso electoral.
Extracto de la motiva
motivado a una serie de incidencias por distintos actos administrativos dictados por la Superintendencia de Cajas de Ahorro (…) extralimitándose en sus funciones, realizando actos que son propios de la Comisión Electoral…”. Al respecto precisa que en fecha 2 de noviembre de 2010, los ciudadanos Eiber Guerrero, José Alí Torrealba y Edgar José Torrealba impugnaron el proceso electoral ante la referida Superintendencia quien “…en fecha 09/12/2009 (sic), dicta acto administrativo No. DL-N° 6057, el cual declara parcialmente con lugar el recurso de impugnación (…), ratifica LA COMISIÓN ELECTORAL y establece los lineamientos de IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 19
Dispositiva
1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto, conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por la abogada Michelle Tovar, actuando con el carácter de apoderada judicial de los ciudadanos MARIO GUILLERMO GONZÁLEZ, LEONZO DAVID ÁLVAREZ, HERNÁN JOSÉ ROMÁN TORO, RAFAEL EDUARDO VILLA GARCÍA, HÉCTOR LUIS NOGUERA CAMACHO, ALCIDES RAMÓN TIBANQUE BRICEÑO, ELVIRA JIMÉNEZ RINCÓN y JONGER ENRIQUE RIVILLA, en su alegada condición de funcionarios adscritos a la Policía del Estado Carabobo y candidatos electos para el período 2010-2013 de la Caja de Ahorros y Bienestar Social del Personal del referido organismo policial; contra los actos administrativos “…No. SCA-DL-No. 2577, de fecha 09 de septiembre de 2011, No. SCA-DL-No. 2962, de fecha 13 de septiembre de 2011, No. SCA-DL-No. 2975, [del 19 de septiembre de 2011] SCA-DL-No. 3008, de fecha 19 de Octubre de 2011 (…) No. SCA-DL-No. 3009, de fecha 19 de octubre de 2011 [emanados de la Superintendencia de Cajas de Ahorro] (…). Y LA RESOLUCIÓN No. F-3.164, de fecha 08 de Marzo del 2012, del Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas”, dictados con ocasión del proceso electoral mediante el cual debían ser renovadas las autoridades de dicha Caja de Ahorros. (Corchetes de la Sala). 2.- IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar. 3.- INADMISIBLE el recurso respecto a la impugnación de los actos SCA-DL-2577, de fecha 9 de septiembre de 2011; SCA-DL-2962, de fecha 13 de septiembre de 2011 y SCA-DL-3008, de fecha 19 de octubre de 2011, emanados de la Superintendencia de Cajas de Ahorro. 4.- ADMITE el recurso interpuesto únicamente respecto a la impugnación formulada contra los actos SCA-DL-2975, de fecha 19 de septiembre de 2011 y SCA-DL-3009, de fecha 19 de octubre de 2011, emanados de la Superintendencia de Cajas de Ahorro, ratificados mediante la también impugnada Resolución N° F-3.164, del 1° de marzo de 2012, emanada del Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas.
Palabras clave
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