Sentencia N° 194 — Sala Electoral del TSJ, 13 de noviembre de 2008
TSJ/SE, Sent. N° 194, Exp. 08-000075, 13/11/2008
Expediente08-000075
PonenteJUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2008-11-13
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso contencioso electoral interpuesto por Jaime de la Trinidad Vargas Guerrero contra la candidatura de Stella Lugo de Montilla a la gobernación del estado Falcón. La decisión se basa en el incumplimiento procesal del recurrente al no identificar con precisión el acto demandado, lo que es indispensable para la admisibilidad del recurso. La Sala también reafirma su competencia para conocer de este tipo de recursos, dado que se impugna la actuación de un órgano electoral.
Extracto de la motiva
En virtud de lo anterior, visto el incumplimiento procesal del recurrente de identificar con precisión el acto demandado en nulidad, cuya mención resulta indispensable, tanto para la admisibilidad del recurso -a fin de determinar su tempestividad-, como para el fondo del asunto, y siendo ésta una carga en la cual no puede suplirse el sentenciador, resulta forzoso para esta Sala declarar la INADMISIBILIDAD del recurso, de conformidad con lo previsto en los artículos 241 y 230 de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política. Así se decide.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso contencioso electoral, ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, por el ciudadano JAIME DE LA TRINIDAD VARGAS GUERRERO, contra “…LA CANDIDATURA A LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO FALCÓN DE LA CIUDADANA STELLA LUGO DE MONTILLA…”. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente.
Palabras clave
recurso contencioso electoralcandidaturagobernacióninadmisibilidadLey sobre Elección y Remoción de los Gobernadoresproselitismo políticomedida cautelar