Sentencia N° 194 — Sala Electoral del TSJ, 8 de noviembre de 2007
TSJ/SE, Sent. N° 194, Exp. 07-000014, 08/11/2007
Expediente07-000014
PonenteFERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2007-11-08
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de desacato a la sentencia número 108, dictada el 3 de julio de 2007, por parte del Comité Ejecutivo del Sindicato Nacional de Trabajadores del Poder Electoral. Los demandantes alegaron que el Comité no cumplió con el mandato de convocar a elecciones en el plazo establecido, lo que generó un retardo en el proceso electoral. La Sala decidió notificar a los miembros de la Comisión Electoral para que expongan su defensa ante la solicitud de desacato.
Extracto de la motiva
Se refleja en el texto citado que por cuanto la norma electoral no contempla un procedimiento para la declaratoria de desacato, el trámite de las incidencias previsto en el artículo 607 del código adjetivo civil resulta idóneo para garantizar el derecho a la defensa de la parte contra la que se interpone la solicitud y, en vista que el objeto de la presente consiste en que esta Sala declare el desacato en que presuntamente se encuentran incursos tanto el Comité Ejecutivo del Sindicato como algunos miembros de la Comisión Electoral, por cuanto, según expone la parte peticionante, no han cumplido con los trámites necesarios para la ejecución del mandato contenido en la aludida sentencia (N° 108 del 3 de julio de 2007), esta Sala ordena la notificación de los referidos miembros de la Comisión Electoral, para que contesten al día siguiente y expongan los argumentos que consideren convenientes para su defensa. Así se decide.
Dispositiva
ORDENA NOTIFICAR a los ciudadanos Verne Quintero, Mehiby López, Vladimir Rondón, Zoila Solórzano, Julio Vargas y Vladimir Pérez, titulares de las cédulas de identidad números 10.351.839, 13.067.010, 10.390.914, 11.052.408, 12.399.100 y 13.382.537, respectivamente, para que contesten al día siguiente de practicada su notificación, la presente solicitud de desacato incoada por la abogada Justina Margarita Blanco, actuando como apoderada judicial de los ciudadanos Auriyury Tabares, Lorenzo Roberto Santana G y Ramón Hernández.