Sentencia N° 193 — Sala Electoral del TSJ, 5 de abril de 2016

TSJ/SE, Sent. N° 193, Exp. 2016-000025, 09/11/2017
Expediente2016-000025
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2016-04-05
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia número 44, declaró su competencia para conocer el recurso contencioso electoral interpuesto por Arquimedes Sequera, presidente del sindicato, contra la elección de la Comisión Electoral y el subsecuente proceso electoral. La Sala admitió el recurso pero declaró sin lugar la solicitud de suspensión de efectos del proceso electoral pautado para el 06 de abril de 2016. La decisión se fundamentó en la falta de cumplimiento de los requisitos establecidos en los estatutos del sindicato para la convocatoria y realización del referéndum revocatorio.

Extracto de la motiva

La parte recurrente sostiene que la Comisión Electoral fue designada sin la debida convocatoria a una Asamblea General de Afiliados, lo que contraviene los estatutos del sindicato. Además, argumenta que la falta de un registro electoral confiable y la ausencia de un cronograma electoral violan los derechos de los afiliados a participar en el proceso electoral. La Sala, al analizar los argumentos, concluye que no se han cumplido las formalidades necesarias para la realización del referéndum, lo que afecta la legalidad del proceso electoral en cuestión.

Dispositiva

PRIMERO: Se declara la competencia de la Sala Electoral para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto. SEGUNDO: Se admite el recurso contencioso electoral. TERCERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de suspensión de efectos del proceso electoral.

Palabras clave

recurso contencioso electoralsindicatoreferéndum revocatoriocomisión electoralderechos sindicales

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