Sentencia N° 185 — Sala Electoral del TSJ, 7 de diciembre de 2005

TSJ/SE, Sent. N° 185, Exp. 03-000111, 07/12/2005
Expediente03-000111
PonenteLUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2005-12-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declaró con lugar la acción de amparo interpuesta por varios ciudadanos contra el Directorio de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela por la falta de convocatoria a elecciones. Se ordenó la convocatoria del proceso electoral y la designación de una Comisión Electoral ad hoc por parte del Consejo Nacional Electoral. Posteriormente, se solicitó un informe sobre el estado del proceso electoral, evidenciando la falta de cumplimiento por parte de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela respecto a la ejecución de la sentencia anterior.

Extracto de la motiva

Sobre la base de las anteriores consideraciones de orden conceptual, y habida cuenta que en el caso de autos, que a la presente fecha la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela no ha cumplido con la orden dada por esta Sala Electoral en su fallo del 28 de noviembre de 2004, en relación al nombramiento de uno de los miembros de la Comisión Electoral Ad Hoc que se encargaría de la organización del proceso electoral para la renovación de los miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades y órganos de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, este órgano jurisdiccional, sobre la base de lo previsto en el artículo 293 numeral 6 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ordena al Consejo Nacional Electoral designar al tercer integrante de la Comisión Electoral, a fin de que ésta proceda a realizar la convocatoria y demás fases del proceso electoral de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y demás autoridades y órganos de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela, bajo los lineamientos impartidos en la referida sentencia dictada en esta causa el 28 de septiembre de 2004.

Dispositiva

Notifíquese al Consejo Nacional Electoral y a la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela y remítaseles copia certificada del presente auto.

Palabras clave

amparoconvocatoria electoralFederación de AbogadosComisión Electoraltutela judicialderecho a la justiciaejecución de sentencias

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