La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso electoral interpuesto por JOSÉ ARIANNA MIRABAL contra la decisión del Consejo Nacional Electoral que declaró inadmisible su recurso administrativo de impugnación. La Sala determinó que el recurso fue interpuesto de forma extemporánea, ya que el demandante no cumplió con el plazo de quince días hábiles para su presentación, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Por lo tanto, se declaró la inadmisibilidad del recurso.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el presente recurso se ha interpuesto contra la decisión del Consejo Nacional Electoral que declaró inadmisible por extemporáneo el recurso administrativo de impugnación contra la postulación de la ciudadana DENIS ADRIANA DEL CARMEN GONZÁLEZ para el cargo de Alcalde del municipio Atures del estado Amazonas. Al tratarse de un acto emitido por el Consejo Nacional Electoral y al estar vinculado directamente con un proceso comicial, esta Sala declara su competencia para conocer del recurso. Asimismo, se establece que el artículo 183 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia establece que la demanda contencioso electoral deberá intentarse en un plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de que se produzca la publicidad del acto. En el presente caso, se aprecia que el acto impugnado fue publicado en la Gaceta Electoral número 687 de fecha 26 de septiembre de 2013, lo que significa que el recurrente disponía del lapso de quince días de despacho para interponer el presente recurso. Al haber sido interpuesto el recurso el 25 de octubre de 2013, se concluye que fue incoado de forma extemporánea, por lo que resulta forzoso para esta Sala declarar INADMISIBLE el presente recurso.
Dispositiva
Primero: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar por el ciudadano JOSÉ ARIANNA MIRABAL, asistido por la abogada Yosbelia Maranay Franchi de Olivo, contra la decisión del Consejo Nacional Electoral que declaró inadmisible por extemporáneo el recurso administrativo de impugnación contra la postulación de la ciudadana DENIS ADRIANA DEL CARMEN GONZÁLEZ para el cargo de Alcalde del municipio Atures del estado Amazonas. Segundo: INADMISIBLE el recurso ejercido. Publíquese y regístrese.
Palabras clave
competenciarecurso contencioso electoralConsejo Nacional ElectoralcaducidadLey Orgánica del Tribunal Supremo de Justiciaactos electorales