La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso administrativo interpuesto por varios concejales y consejeros del Municipio Iribarren, quienes impugnaron la designación y juramentación de un nuevo Consejo Local de Planificación Pública. La Sala aceptó la competencia y admitió el recurso, argumentando que el proceso de elección no se realizó conforme a la normativa vigente, lo que podría afectar la legalidad de los actos del nuevo consejo. Se decidió suspender los efectos de la juramentación y convocar a los consejeros electos en 2006 para garantizar la continuidad del consejo mientras se decide el fondo del asunto.
Extracto de la motiva
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, al analizar el recurso contencioso administrativo, observó que la designación y juramentación del Consejo Local de Planificación Pública del Municipio Iribarren se realizó en contravención a la normativa vigente, específicamente a la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública. Se destacó que el Alcalde, al convocar a los concejales para la juramentación, no cumplió con los procedimientos establecidos, lo que generó un vicio de nulidad en los actos realizados. La Sala enfatizó la importancia de garantizar la participación ciudadana y protagónica en la conformación del consejo, lo que justifica la suspensión de los efectos de la juramentación hasta que se resuelva el fondo del recurso.
Dispositiva
PRIMERO: ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, mediante sentencia de fecha 28 de julio de 2014, y se declara COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad con medida cautelar de suspensión de efectos. SEGUNDO: ADMITE la intervención de los terceros adhesivos. TERCERO: ANULA la decisión de fecha 26 de junio de 2014. CUARTO: ADMITE el recurso de conformidad con la Ley Orgánica de Procesos Electorales y la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. QUINTO: PROCEDENTE la medida cautelar solicitada. En consecuencia, se SUSPENDEN los efectos de la proclamación y juramentación de los Consejeros de Consejo Local de Planificación Pública del municipio Iribarren del estado Lara, para el período 2014 al 2016.
Palabras clave
Consejo Local de Planificación PúblicaMunicipio Iribarrenjuramentaciónsuspensión de efectosparticipación ciudadana