La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de autoridad en el Municipio Alto Orinoco, donde varios ciudadanos reclamaban la legitimidad de la Alcaldía. Los recurrentes, Juan Padamo y Aldo Henry Santos, solicitaron una medida cautelar por la ausencia del alcalde electo, mientras que otros concejales pidieron declarar inadmisible la solicitud. La Sala, tras analizar la competencia, determinó que no era competente para conocer del asunto, declinando la causa al Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo del Estado Amazonas.
Extracto de la motiva
La Sala Electoral, al examinar la solicitud de los ciudadanos Juan Padamo y Aldo Henry Santos, observó que se presenta un conflicto de autoridad en el Municipio Alto Orinoco, donde se cuestiona la legitimidad de la Alcaldía por parte de varios funcionarios. Se destaca que la competencia para conocer de controversias administrativas entre autoridades corresponde a la Sala Político Administrativa, y no a la Sala Electoral, lo que llevó a la decisión de declinar la causa a dicho tribunal. La Sala concluyó que el conflicto planteado no tiene relación directa con un proceso electoral, lo que reafirma su incompetencia para decidir sobre el mismo.
Dispositiva
1. SU INCOMPETENCIA para conocer y decidir el conflicto de autoridades planteado por los ciudadanos JUAN PADAMO y ALDO HENRY SANTOS. 2. DECLINA la competencia para conocer del presente asunto al Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas.