Sentencia N° 17 — Sala Electoral del TSJ, 11 de abril de 2019
TSJ/SE, Sent. N° 017, Exp. 19-00002, 11/04/2019
Expediente19-00002
PonenteINDIRA ALFONZO IZAGUIRRE
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2019-04-11
DecisiónADMITE el recurso contencioso electoral interpuesto.
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admite el recurso contencioso electoral interpuesto por varios ciudadanos en contra de los actos electorales del 9 de diciembre de 2018, alegando vicios de nulidad en el proceso electoral. La Sala declara improcedente la solicitud de amparo cautelar por no evidenciar el fumus boni iuris constitucional. La decisión se fundamenta en la falta de pruebas que respalden las alegaciones de violaciones a derechos constitucionales en el proceso electoral.
Extracto de la motiva
Por tal motivo, visto que bajo la argumentación esgrimida por la parte actora no es posible verificar la presunción de buen derecho o fumus boni iuris constitucional requerido para la procedencia del petitorio cautelar, esta Sala Electoral declara IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar formulada en el recurso cautelar interpuesto. Así se decide.
Dispositiva
1. COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar. 2. ADMITE el recurso contencioso electoral interpuesto. 3. IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar.