Sentencia N° 166 — Sala Electoral del TSJ, 10 de octubre de 2007

TSJ/SE, Sent. N° 166, Exp. 07-000070, 10/10/2007
Expediente07-000070
PonenteFERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-10-10
DecisiónTerminado

Resumen

El ciudadano Manuel Alberto Escalona Liebano interpuso una acción de amparo constitucional contra la Oficina Regional Electoral del Estado Miranda, alegando violaciones a sus derechos políticos. La Sala Electoral admitió la acción, pero el demandante no asistió a la audiencia pública programada. La Sala, tras analizar la situación, determinó que no había razones que afectaran el orden público para continuar el procedimiento, por lo que decidió darlo por terminado.

Extracto de la motiva

Se observa que la Sala Constitucional del Alto Tribunal en sentencia número 07 de fecha 1° de febrero de 2000, estableció el procedimiento para tramitar las acciones de amparo constitucional ejercidas de manera autónoma, y se desprende de dicha decisión que la falta de comparecencia del presunto agraviante a la audiencia oral, produce los efectos previstos en el artículo 23 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y la del presunto agraviado acarrea que se “...dará por terminado el procedimiento, a menos que el Tribunal considere que los hechos alegados afectan el orden público, caso en que podrá inquirir sobre los hechos alegados, en un lapso breve, ya que conforme al principio general contenido en el artículo 11 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 14 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en materia de orden público el juez podrá tomar de oficio las providencias que creyere necesarias.”.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO de la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano MANUEL ALBERTO ESCALONA LIEBANO, contra la Oficina Regional Electoral del Estado Miranda del Consejo Nacional Electoral. Publíquese y regístrese.

Palabras clave

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