Sentencia N° 165 — Sala Electoral del TSJ, 26 de noviembre de 2009
TSJ/SE, Sent. N° 165, Exp. 09-000070, 26/11/2009
Expediente09-000070
PonenteJUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2009-11-26
DecisiónSe ADMITE el recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 090527-0267
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admite parcialmente el recurso contencioso electoral interpuesto por Nelly Carrero de Gimón contra la Resolución N° 090527-0267 del Consejo Nacional Electoral. La resolución impugnada desestimó varios recursos relacionados con el proceso electoral de la Asociación Sindical Nacional de Profesionales, Técnicos y Administrativos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria. La Sala declara su competencia para conocer del caso y analiza la admisibilidad del recurso, concluyendo que no se configuran supuestos de inadmisibilidad en las actuaciones de la recurrente.
Extracto de la motiva
La Sala, en atención a la solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, debe pronunciarse sobre su competencia para conocer del recurso contencioso electoral ejercido. Se establece que la Sala Electoral tiene la competencia para conocer de los recursos interpuestos por razones de inconstitucionalidad o ilegalidad contra los actos del Poder Electoral. En este caso, se intenta un recurso de nulidad contra la Resolución N° 090527-0267 del Consejo Nacional Electoral, que desestimó recursos jerárquicos de la recurrente. La Sala se declara competente y procede a analizar la admisibilidad del recurso, observando que no se configuran supuestos de inadmisibilidad en las actuaciones de la recurrente.
Dispositiva
1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercido por la ciudadana NELLY CARRERO DE GIMÓN, ya identificada, contra la Resolución N° 090527-0267 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 27 de mayo de 2009, publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela N° 0497 del 14 de agosto de 2009, mediante la cual se declaró: 1) sin lugar el recurso interpuesto contra el rechazo de las postulaciones de la Plancha N° 2; 2) inadmisibles los recursos contra el acto de votación celebrado el 12 de noviembre de 2008, y acto de totalización, adjudicación y proclamación del mismo proceso electoral; 3) extemporáneos las impugnaciones intentadas contra el proceso electoral en general; 4) improcedente el recurso interpuesto contra las votaciones de dicho proceso electoral; e, 5) inadmisible el escrito recursivo ejercido por la ciudadana Norelva Martínez contra el proceso electoral para la renovación de las autoridades de ASINPROTECA SENIAT-FINANZAS. 2.- Se ADMITE el recurso contencioso electoral contra la Resolución N° 090527-0267 dictada por el Consejo Nacional Electoral en fecha 27 de mayo de 2009, publicada en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela N° 0497 del 14 de agosto de 2009, ÚNICAMENTE respecto a las siguientes declaratorias: 1) sin lugar el recurso interpuesto contra el rechazo de las postulaciones de la Plancha N° 2; 2) inadmisibles los recursos contra el acto de votación celebrado el 12 de noviembre de 2008, y acto de totalización, adjudicación y proclamación del mismo proceso electoral; 3) extemporáneos las impugnaciones intentadas contra el proceso electoral en general; e, 4) improcedente el recurso interpuesto contra las votaciones de dicho proceso electoral. 3.- IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada a fin de “…que se DEJE SIN EFECTOS la aplicación de las decisiones dictadas por el Consejo Nacional Electoral y la Comisión Electoral Sindical, hasta que haya decisión al fondo sobre la nulidad de los actos…”.
Palabras clave
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