Sentencia N° 16 — Sala Electoral del TSJ, 4 de febrero de 2009
TSJ/SE, Sent. N° 16, Exp. 08-000031, 04/02/2009
Expediente08-000031
PonenteJUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2009-02-04
DecisiónParcialmente Con Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Electoral, decidió parcialmente con lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por Teodoro Silva, asociado de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA). Se anulan las actas de escrutinio de varios centros de votación y se ordena la realización de nuevas elecciones en los mismos, debido a irregularidades en el proceso electoral del 29 de mayo de 2008. La Sala también destaca la necesidad de incluir en la nueva totalización los resultados de un centro de votación que fueron omitidos.
Extracto de la motiva
El ciudadano Teodoro Silva señaló que interpuso recurso contencioso electoral contra el proceso de elección de la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de Los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular Para La Salud (CAHORMINSA), celebrado el día 29 de Mayo de 2008, por cuanto el mismo se realizó con total ausencia de las garantías legales y constitucionales que deben regir todo proceso electoral, relativas a la igualdad, confiabilidad, imparcialidad, transparencia y eficiencia. Denunció irregularidades en el escrutinio y totalización, así como la anulación de votos en varios centros de votación, lo que afectó su derecho al sufragio. La Sala Electoral, tras analizar las pruebas y alegatos, determinó que efectivamente hubo vicios en el proceso electoral que justifican la nulidad de las votaciones en ciertos centros y la convocatoria a nuevas elecciones.
Dispositiva
1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto, conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada, por el ciudadano TEODORO SILVA, en su condición de asociado de la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD (CAHORMINSA), asistido por el abogado JESÚS ONOFRE ARAUJO GUTIÉRREZ, contra el proceso de elección de los miembros de la Junta Directiva de la referida Caja de Ahorro, cuyo acto de votación tuvo lugar el 29 de mayo de 2008. 2.- Se ANULA el acta de fecha 6 de junio de 2008, emanada de la Comisión Electoral Principal de CAHORMINSA, mediante la cual fue dejada sobrevenidamente sin efecto la distribución de mesas electorales en el estado Zulia. 3.- Se ANULAN las actas de escrutinio correspondientes a los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara. 4.- Se ORDENA a la Comisión Electoral de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA) convocar a una nueva elección en las mesas de votación ubicadas en los centros de votación Malariología, Hospital J.M.B. Sanare y Dirección de Salud del estado Lara, dentro del plazo de quince (15) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación. 5.- Se ORDENA incluir en la nueva totalización que ha de realizar la comisión electoral una vez efectuadas las votaciones parciales ordenadas, el resultado contenido en el acta del centro de votación Dirección de Malariología/Maracaibo del Estado Zulia, así como el resto de los resultados no impugnados mediante el recurso bajo análisis.
Palabras clave
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