Sentencia N° 157 — Sala Electoral del TSJ, 23 de noviembre de 2004

TSJ/SE, Sent. N° 157, Exp. 04-000099, 23/11/2004
Expediente04-000099
PonenteIVÁN VÁSQUEZ TÁRIBA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-11-23
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admite la acción de amparo constitucional interpuesta por Alan Jesús Álvarez contra la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Zulia, por la omisión de respuesta a su solicitud de información. Se argumenta que dicha omisión vulnera su derecho constitucional de petición y su derecho a participar en las elecciones del Colegio. La Sala declara su competencia para conocer del caso y ordena la notificación de los involucrados.

Extracto de la motiva

La presente acción de amparo se interpone en contra de la omisión de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Zulia, por considerar el accionante que le ha vulnerado su derecho constitucional de petición establecido en el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de obtener respuesta oportuna y adecuada a la solicitud realizada en fecha nueve (9) de Septiembre del dos mil cuatro (2004)...

Dispositiva

Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta la cual ADMITE y ACUERDA TRAMITAR conforme al procedimiento establecido por este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, mediante decisión de fecha 1º de febrero de 2000. En consecuencia, se ORDENA librar boleta de notificación al Presidente de la Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Zulia, así como también al Presidente de la Comisión Electoral de dicho Colegio; asimismo, se ORDENA librar oficio al Ministerio Público. Se DESESTIMA la intervención pretendida por el abogado Julio César Álvarez y los sesenta y un (61) abogados por él representados, así como también la solicitud de medida cautelar por ellos solicitada.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho de peticiónColegio de AbogadoseleccionesJunta DirectivaZuliainformacióncompetencia

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