Sentencia N° 155 — Sala Electoral del TSJ, 1 de noviembre de 2005

TSJ/SE, Sent. N° 155, Exp. 05-000060, 01/11/2005
Expediente05-000060
PonenteRAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2005-11-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia decidió a favor de José Miguel Arismendi, anulando la Resolución del Consejo Nacional Electoral que declaró 'Sin Lugar' su recurso jerárquico. Se argumentó que la sustitución de candidatos realizada por las organizaciones políticas no cumplió con los requisitos legales, ya que no se presentó la renuncia del candidato suplente. La Sala ordenó realizar una nueva totalización de votos para la elección de Diputados al Consejo Legislativo del Estado Anzoátegui en la Circunscripción Electoral número 2.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, al analizar el recurso contencioso electoral interpuesto por el ciudadano José Miguel Arismendi, se pronunció sobre la validez de las sustituciones de candidaturas en el contexto de las elecciones para el Consejo Legislativo del Estado Anzoátegui. Se determinó que la sustitución de un candidato solo es válida si se presenta la renuncia del mismo, lo que no ocurrió en este caso. La Sala concluyó que la decisión del Consejo Nacional Electoral de declarar 'Sin Lugar' el recurso jerárquico interpuesto por Arismendi adolecía de irregularidades, ya que no se notificó adecuadamente al recurrente sobre las decisiones que afectaban sus derechos. En consecuencia, se declaró con lugar el recurso y se ordenó la realización de una nueva totalización de votos.

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso electoral intentado por el ciudadano JOSÉ MIGUEL ARISMENDI, en consecuencia de lo cual, SEGUNDO: Se ANULA los siguientes actos administrativos: 2.1. La Resolución del Consejo Nacional Electoral número 050202066, de fecha 2 de febrero de 2005, publicada en Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela, número 241 del 13 de abril de 2005, mediante la cual se declaró 'Sin Lugar' el recurso jerárquico que interpusiera el mencionado ciudadano contra los Actos de Totalización, Adjudicación y Proclamación de Diputados al Consejo Legislativo, Circunscripción Electoral número 2 del Estado Anzoátegui, dictados por la Junta Regional Electoral del Estado Anzoátegui en las elecciones celebradas el 31 de octubre de 2004; y, 2.2. La decisión del Directorio del Consejo Nacional Electoral de fecha 6 de mayo de 2005, en virtud de la cual se '… acordó levantar la sanción a la decisión del mismo Directorio de fecha 05 de mayo de 2005, decisión ésta en que se había acordado levantar la sanción a la decisión Resolución N° 050202-066, en fecha 2 de febrero de 2005, publicada en la Gaceta Electoral de la Republica Bolivariana de Venezuela N° 241 de fecha 13 de abril de 2005'. TERCERO: Se ORDENA al Consejo Nacional Electoral realizar una nueva totalización en la Circunscripción Electoral número 2 de los resultados electorales para escoger Diputados al Consejo Legislativo del Estado Anzoátegui en el 2004.

Palabras clave

recurso contencioso electoralsustitución de candidaturasConsejo Nacional Electoraltotalización de votosAnzoáteguieleccionesderechos electorales

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