La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso electoral interpuesto por Alexis Enrique Aguirre Sánchez, quien solicitó la suspensión de un proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos. La Sala admitió el recurso, pero declaró improcedente la solicitud de medida cautelar, argumentando que la exclusión de ciertas delegaciones del padrón electoral fue subsanada y que el proceso electoral continuaría. La decisión se fundamentó en la falta de violación de derechos constitucionales y en la naturaleza del proceso electoral.
Extracto de la motiva
La parte recurrente en el escrito contentivo del recurso contencioso electoral conjuntamente con medida cautelar expresó lo siguiente: '… En fecha 20 de julio de 2017, se publicó en el diario VEA la siguiente convocatoria: … Es decir, se convoca al proceso electoral pendiente para elegir a las autoridades de la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA) para el período 2017-2021. El proceso se regirá de acuerdo al siguiente reglamento: … En fecha 31 de julio de 2017, la citada comisión publicó el padrón electoral [preliminar]: Sorprendentemente, los estados con mayor cantidad de nadadores han sido excluidos del padrón electoral. En efecto, las asociaciones de Miranda y Carabobo no figuran [en] el padrón electoral, cuando es un hecho notorio para la comunidad de los deportes acuáticos nacionales que son los estados con mayor número de afiliados, atletas, jueces, técnicos y que más palmares le han dado a los deportes acuáticos en Venezuela. Todo lo cual puede ser consultado en la página web: https://eleccionesfeveda2017site1.wordpress.com/ En [su] criterio, el proceso electoral convocado se encuentra viciado de nulidad, toda vez que se observan: VIOLACIONES AL DERECHO A LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA Y LA UNIVERSALIDAD DEL SUFRAGIO.'
Dispositiva
PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra '…el proceso electoral convocado por la Federación Venezolana de Deportes Acuáticos (FEVEDA)…', cuyo acto electoral fue pautado para el 20 de agosto de 2017, interpuesto por el ciudadano Alexis Enrique Aguirre Sánchez. SEGUNDO: ADMITE el presente recurso contencioso electoral. TERCERO: IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar.
Palabras clave
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