Sentencia N° 153 — Sala Electoral del TSJ, 25 de noviembre de 2009

TSJ/SE, Sent. N° 153, Exp. 09-000085, 25/11/2009
Expediente09-000085
PonenteLUIS ALFREDO SUCRE CUBA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-11-25
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional presentada por un grupo de ciudadanos en contra de otros miembros del Sindicato Nacional de Funcionarios Públicos del Ministerio de Educación. La acción se fundamenta en la supuesta violación de derechos constitucionales relacionados con el proceso electoral del sindicato. La Sala argumenta que el recurso contencioso electoral es el medio idóneo para resolver el conflicto, en lugar del amparo constitucional.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral estima que el amparo no es la vía idónea para resolver el presente asunto sino el recurso contencioso electoral, el cual puede interponerse contra: i) las actuaciones de la primera Comisión Electoral Nacional y la elección de las autoridades sindicales que se llevó a cabo el 22 de julio de 2009; y ii) contra el acto administrativo a través del cual el Consejo Nacional Electoral reconoció la validez de las elecciones en cuestión. Ello porque el recurso contencioso electoral es un medio breve, sumario y eficaz para impugnar los actos, actuaciones y omisiones de naturaleza electoral y restablecer las situaciones jurídicas subjetivas lesionadas.

Dispositiva

En mérito de las razones expuestas, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional presentada el 19 de noviembre de 2009 por el abogado GUSTAVO ADOLFO MARTÍNEZ MORALES, antes identificado, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos ISRAEL ANTONIO CORONIL PÉREZ, ANIBAL CARMELO LOZADA DICURU, VÍCTOR PEÑA TERAN, PEDRO ALVARADO, ELSY SALAZAR, MARY MOLINA, ABRAHAM NAVAS, MARYURI MALDONADO, MIGUEL NAVAS y ZULAY INDRIAGO, antes identificados, contra los ciudadanos JOSÉ GONZÁLEZ, LUISA GONZÁLEZ, CARLOS SALAZAR, MARÍA PADRÓN DE VALLADARES, YASELI GUERRERO, AMARILIS MAZZARELY, ANAHÍ GALÍNDEZ, ESTHER APONTE y MARÍA MÁRQUEZ, antes identificados.

Palabras clave

amparo constitucionalsindicatoeleccionesderechos constitucionalesautonomía sindicalcomisión electorallegitimidadrecurso contencioso electoral

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