Sentencia N° 153 — Sala Electoral del TSJ, 27 de septiembre de 2006
TSJ/SE, Sent. N° 153, Exp. 06-000082, 27/09/2006
Expediente06-000082
PonenteLUIS ALFREDO SUCRE CUBA
MateriaElectoral
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-09-27
DecisiónINADMISIBLE
Resumen
Los ciudadanos ALEXANDER QUINTERO y BLAS YÁNEZ interpusieron una acción de amparo constitucional contra la Junta Regional Electoral del Estado Zulia, alegando irregularidades en los resultados de las elecciones parlamentarias del 4 de diciembre de 2005. La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, tras analizar la competencia y la admisibilidad de la acción, determinó que no se cumplía con el carácter extraordinario requerido para la acción de amparo, ya que los demandantes debieron recurrir a la vía contencioso electoral en lugar de la acción de amparo constitucional. Por lo tanto, la Sala declaró inadmisible la acción interpuesta.
Dispositiva
En mérito de lo antes expuesto, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Primero: Su COMPETENCIA para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta el 02 de agosto de 2006 por los ciudadanos ALEXANDER QUINTERO y BLAS YÁNEZ, antes identificados, asistidos por el abogado Ángel Yrigoyen López, antes identificado, por la presunta violación de los artículos 49 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Segundo: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos ALEXANDER QUINTERO y BLAS YÁNEZ, antes identificados, asistidos por el abogado Ángel Yrigoyen López, antes identificado, de conformidad con lo establecido el ordinal 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.
Palabras clave
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