La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a la solicitud de ejecución de sentencia presentada por Asdrúbal Hernández, declaró sin lugar dicha solicitud. El recurrente alegaba desacato por parte del Consejo Nacional Electoral al no cumplir con una sentencia anterior. Sin embargo, se demostró que el Consejo había dado cumplimiento a lo ordenado en la sentencia anterior, lo que llevó a la Sala a desestimar la petición de ejecución.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de la petición formulada por el ciudadano Asdrúbal Hernández, identificado en autos, asistido por la abogada Amelis Valdivieso, de que se ordene dar cumplimiento a la sentencia N° 46 dictada por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 28 de marzo de 2012, por considerar que la misma está siendo desacatada por el Consejo Nacional Electoral. En dicha decisión, se había ordenado expresamente lo siguiente: '…[Declaró] CON LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada por el ciudadano Asdrúbal Hernández, asistido por el abogado Julio César Narváez Safontt, contra '…la Resolución N° 110512-0074, de fecha [doce] 12 de mayo de [dos mil once] 2011, publicada en Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela N° 569, de fecha 30 de mayo de 2011…', en la cual el Consejo Nacional Electoral declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra el proceso electoral relativo a la escogencia de la Junta Directiva del Sindicato Nacional de Empleados Públicos del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes (SINAEPMECD). En consecuencia: 1.- Se [declaró] NULA la mencionada resolución. 2.- Se REPONE el procedimiento al estado de que el Consejo Nacional Electoral se pronuncie nuevamente sobre la admisión del recurso jerárquico, sin tomar en cuenta las causales establecidas en los numerales 2 y 4 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, y que, de resultar admisible, continúe su tramitación mediante el procedimiento correspondiente…'.
Dispositiva
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la solicitud de ejecución de sentencia presentada en fecha 28 de mayo de 2013, por el ciudadano ASDRÚBAL HERNÁNDEZ, asistido por la abogada Amelis Valdivieso, con el objeto de que se ordenara el cumplimiento del mandato contenido en la sentencia número 46 dictada en fecha 28 de marzo de 2012.
Palabras clave
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