Sentencia N° 149 — Sala Electoral del TSJ, 1 de diciembre de 2011

TSJ/SE, Sent. N° 149, Exp. 2011-000095, 01/12/2011
Expediente2011-000095
PonenteFernando Ramón Vegas Torrealba
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2011-12-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió un recurso contencioso electoral interpuesto por miembros del Partido Político Patria Para Todos (PPT) contra la Asamblea Nacional Extraordinaria celebrada el 15 de octubre de 2011. Los recurrentes alegaron que la asamblea violó sus derechos a la participación y al sufragio, argumentando que no se cumplió con el quórum reglamentario y que se tomaron decisiones sin el debido conocimiento de los miembros del partido. La Sala, tras evaluar los argumentos, consideró que existía una presunción grave de violación de derechos constitucionales y ordenó la suspensión de los efectos del acta de la asamblea impugnada.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: 1.- COMPETENTE para conocer el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por los ciudadanos Rafael Uzcátegui, Ilenia Medina, Eduardo Oviedo, Lisett Sabino, Carlos Martínez, Osbaldo Chirinos, Henry Morales y Ramón Urbina, antes identificados, asistidos por el abogado Diego Alfredo García Urquiola, '…en contra de la Asamblea Nacional Extraordinaria del Partido Político Patria Para Todos (PPT), iniciada en fecha 15 de octubre de 2011 y contra el Acta que le dio término a la misma…'. 2.- SE ADMITE el presente recurso contencioso electoral 3.- PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar interpuesta, y en consecuencia se ORDENA la inmediata suspensión de los efectos del acta de la asamblea celebrada el 15 de octubre de 2011, consignada en el Consejo Nacional Electoral el día 21 de octubre de 2011, hasta tanto se decida el presente recurso.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: 1.- COMPETENTE para conocer el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por los ciudadanos Rafael Uzcátegui, Ilenia Medina, Eduardo Oviedo, Lisett Sabino, Carlos Martínez, Osbaldo Chirinos, Henry Morales y Ramón Urbina, antes identificados, asistidos por el abogado Diego Alfredo García Urquiola, '…en contra de la Asamblea Nacional Extraordinaria del Partido Político Patria Para Todos (PPT), iniciada en fecha 15 de octubre de 2011 y contra el Acta que le dio término a la misma…'. 2.- SE ADMITE el presente recurso contencioso electoral 3.- PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar interpuesta, y en consecuencia se ORDENA la inmediata suspensión de los efectos del acta de la asamblea celebrada el 15 de octubre de 2011, consignada en el Consejo Nacional Electoral el día 21 de octubre de 2011, hasta tanto se decida el presente recurso.

Palabras clave

PPTAsamblea Nacional ExtraordinariaDerechos PolíticosAmparo Cautelar

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