Sentencia N° 149 — Sala Electoral del TSJ, 20 de septiembre de 2007
TSJ/SE, Sent. N° 149, Exp. 07-000063, 20/09/2007
Expediente07-000063
PonenteRAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO
MateriaElectoral
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2007-09-20
DecisiónCon Lugar
Resumen
El ciudadano Domingo Alberto Romero Castro, en su carácter de Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros, solicitó la interpretación del artículo 34 de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares, en relación a la duración de los mandatos de los integrantes de los Consejos de Administración. La Sala Electoral determinó su competencia para conocer del recurso y admitió la solicitud, considerando que el período de duración del mandato de los miembros del Consejo de Administración es de tres años, conforme a la ley vigente desde el 4 de octubre de 2005, pero aclaró que los miembros electos antes de esa fecha deben regirse por la normativa anterior que establecía un período de dos años.
Extracto de la motiva
El período de duración del mandato de los miembros del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia, delegados, principales y suplentes, previsto en el artículo 34 de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares (2005) es aplicable a los ganadores de los procesos electorales cuyos actos de votación fueron realizados a partir de la entrada en vigencia de la referida Ley, es decir, desde el 4 de octubre de 2005. Así se decide. En consecuencia, de acuerdo con la anterior interpretación, el período de duración del mandato de los actuales miembros Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados del Concejo del Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas, elegidos el 17 de agosto de 2005, es el previsto en la Ley de Cajas de Ahorro y Fondos de Ahorro, del 16 de enero de 2003, esto es, dos (2) años de duración.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Electoral, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara resuelto el recurso de interpretación del artículo 34 de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares, presentado por el ciudadano DOMINGO ALBERTO ROMERO CASTRO, actuando en su carácter de Presidente del Consejo de Administración de la Caja de Ahorros de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados del Concejo del Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas, asistido por los abogados Oswaldo Best González y Janio Best Rodríguez, en los términos expuestos en la motivación del presente fallo.
Palabras clave
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