Sentencia N° 149 — Sala Electoral del TSJ, 1 de noviembre de 2005

TSJ/SE, Sent. N° 149, Exp. 05-000072, 01/11/2005
Expediente05-000072
PonenteRAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO
MateriaElectoral
Tipo de recursoMedidas Cautelares
Fecha de la decisión2005-11-01
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la medida cautelar innominada solicitada por varios ciudadanos en el contexto de un conflicto de autoridad entre el Alcalde interino David González y el Alcalde electo Jaime Turón. Se aceptó la medida cautelar, ordenando a los involucrados abstenerse de ejercer el cargo de Alcalde, designando interinamente a Mara Chamanare, quien era el Presidente del Concejo Municipal. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar la continuidad del ejercicio del poder municipal y la aplicación del procedimiento jurisdiccional correspondiente.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la medida cautelar innominada solicitada en fecha 6 de octubre de 2005, por los ciudadanos Ingrid Turón, Abraham Gonzáles, Martín Pérez, Andrés Shinashiwe, Antonio Guzmán y Adriel Tovar, y a tal efecto observa: Insisten los solicitantes de mediada cautelar innominada sobre la derogación de los conflictos de autoridad previstos en la Ley Orgánica de Régimen Municipal. Al respecto, tal como se señaló en sentencia de esta Sala número 119 del 11 de agosto de 2005, efectivamente, el 8 de junio de 2005 se publicó en Gaceta Oficial número 38.204, la nueva Ley Orgánica del Poder Público Municipal, en la que se deroga la antigua Ley Orgánica de Régimen Municipal y no existe una norma equivalente al artículo 166 de la Ley derogada. No obstante, existiendo el denominado conflicto de autoridad a la fecha de la interposición de su solicitud (9 de marzo de 2005), de conformidad con el principio de la perpetua jurisdicción, dispuesto en el artículo 3 del Código de Procedimiento Civil, que reza: “La jurisdicción y la competencia se determinan conforme a la situación de hecho existente para el momento de la presentación de la demanda y no tienen efecto respecto de ellas los cambios posteriores de dicha situación, salvo que la ley disponga otra cosa”. Reitera esta Sala la necesidad de continuar conociendo del presente caso conforme a la situación de hecho existente para el momento de la presentación de la solicitud.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la medida cautelar solicitada, en virtud de la cual: PRIMERO: Para el presente caso se aplicará el procedimiento jurisdiccional previsto en la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política para los recursos contenciosos electorales. SEGUNDO: Se ORDENA a los ciudadanos Jaime Turón, David González, Ingrid Turón, Abraham Gonzáles, Martín Pérez, Andrés Shinashiwe, Antonio Guzmán y Adriel Tovar, abstenerse de realizar cualquier actividad que implique el ejercicio del cargo de Alcalde del Municipio Alto Orinoco del Estado Amazonas, quedando como Alcalde interino el ciudadano Mara Chamanare, quien hasta ahora detentaba la condición de Presidente del Concejo Municipal del referido Municipio.

Palabras clave

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