Sentencia N° 147 — Sala Electoral del TSJ, 27 de octubre de 2005
TSJ/SE, Sent. N° 147, Exp. X-05-00022, 27/10/2005
ExpedienteX-05-00022
PonenteLUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2005-10-27
DecisiónImprocedente
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara improcedente la solicitud de medida cautelar innominada presentada por el recurrente, quien impugnó la Resolución del Consejo Nacional Electoral que desproclamó a su representado como Alcalde. La Sala analiza los fundamentos del recurso y concluye que no se configuran los requisitos necesarios para la procedencia de la medida cautelar, ya que no se evidencia un daño irreparable o de difícil reparación. Además, se establece que la resolución impugnada fue dictada conforme a la legalidad y a los criterios establecidos por la jurisprudencia.
Extracto de la motiva
La Sala, consecuente con el criterio antes referido, entra a revisar si tales presupuestos se encuentran presentes de manera concurrente, a fin de determinar la procedencia o no de la medida solicitada y a tal efecto decide, en primer término, analizar si en el caso concreto se configura el periculum in mora. En ese sentido, observa que la doctrina y la jurisprudencia han definido el periculum in mora, como el temor razonable de un daño jurídico posible, inminente o inmediato en el ámbito jurídico y personal del recurrente, que se hace necesario prevenir, de modo que no basta el simple alegato de la supuesta irreparabilidad del daño, sino la convicción de que la cautela solicitada es necesaria para evitarlo, no procediendo en consecuencia sin la evidencia o prueba de su presupuesto, esto es, la irreparabilidad o dificultad de la reparación del daño por la sentencia definitiva.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada formulada por la parte accionante en la presente causa. Publíquese, regístrese y comuníquese. Agréguese el presente cuaderno al expediente principal.
Palabras clave
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