Sentencia N° 146 — Sala Electoral del TSJ, 16 de julio de 2015

TSJ/SE, Sent. N° 146, Exp. 2015-000071, 16/07/2015
Expediente2015-000071
PonenteJUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2015-07-16
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admite el recurso contencioso electoral interpuesto por Carmen Tovar contra el acto electoral publicado el 5 de junio de 2015, donde se proclamó al candidato Wilfredo Flores como ganador. La Sala declara su competencia para conocer del caso y analiza la solicitud de medida cautelar, la cual es considerada improcedente. Se destaca que la Comisión Electoral había publicado un aviso el 16 de junio de 2015, informando sobre la proclamación de los candidatos electos, lo que hace innecesaria la medida cautelar solicitada.

Dispositiva

1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente son solicitud de medida cautelar innominada por la ciudadana CARMEN TOVAR, en su invocada condición de asociada a la CAJA DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD (CAHORMINSA) asistida por el abogado Jesús Onofre Araujo, contra el Acto Electoral publicado en aviso de prensa en el diario El Universal el día 05/06/2015, mediante el cual la Comisión Electoral Principal proclama como ganador únicamente al Candidato Wilfredo Flores y contra el proceso de elección y juramentación de los integrantes Principales y Suplentes de los Consejos de Administración, Consejo de Vigilancia y Delegados Regionales y todos los actos de carácter electoral que realizó la Comisión Electoral Principal y las Subcomisiones Electorales. 2.- ADMITE el recurso interpuesto. 3.- IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada. 4.- NOTIFIQUESE la presente decisión a la Superintendencia de Cajas de Ahorro (SUDECA). Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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