La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronuncia sobre la solicitud de ejecución forzosa de la sentencia número 173, emitida el 16 de noviembre de 2016, presentada por el abogado Fidel Antonio Franco Barate. La solicitud denuncia el desacato por parte de la Junta Directiva del sindicato respecto a lo ordenado en la sentencia mencionada, que incluía la convocatoria para la renovación de autoridades del sindicato en un plazo específico.
Extracto de la motiva
En virtud de las consideraciones expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, ORDENA abrir una articulación probatoria de ocho (8) días y notificar a la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Central de Venezuela Núcleo Maracay – estado Aragua (SUTRAUCV), a fin de que presente escrito de defensa, pruebas o lo que considere pertinente en relación con los hechos y la solicitud de declaratoria de desacato, dentro de dicho lapso.
Dispositiva
ORDENA abrir una articulación probatoria de ocho (8) días y notificar a la Junta Directiva del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Central de Venezuela Núcleo Maracay – estado Aragua (SUTRAUCV), a fin de que presente escrito de defensa, pruebas o lo que considere pertinente en relación con los hechos y la solicitud de declaratoria de desacato, dentro de dicho lapso.