La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de intervención de los ciudadanos Carlos José Delgadillo, Guillermo Perdomo, Zaida Yamile Ibarra y Maiker Javier Salazar Pérez, quienes actuaron como miembros de la Caja de Ahorro del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales. Sin embargo, la Sala declaró sin lugar la solicitud cautelar de suspensión de efectos del oficio N° SCA-DL-3176-B, que ordenó la suspensión del proceso electoral programado para el 12 de noviembre de 2014, argumentando que no se configuraba el fumus boni iuris necesario para tal medida cautelar.
Extracto de la motiva
La Sala considera que para estudiar la procedencia de este tipo de solicitudes debe analizarse la verificación del fumus boni iuris y del periculum in mora. En el presente caso, se observa que los solicitantes coincidieron en que la suspensión del proceso electoral afecta sus derechos sociales y la posibilidad de acceder a créditos y adelantos de haberes. Sin embargo, la Sala concluye que la suspensión del proceso electoral se realizó para corregir irregularidades y que el acto impugnado no limita las atribuciones de los directivos de la Caja de Ahorros, por lo que no se verifica la existencia de uno de los presupuestos indispensables para acordar la solicitud cautelar.
Dispositiva
PRIMERO: ADMITE la solicitud de intervención de los ciudadanos Carlos José Delgadillo, Guillermo Perdomo, Zaida Yamile Ibarra y Maiker Javier Salazar Pérez, actuando en su condición de miembros de la Caja de Ahorro del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, con el carácter de terceros verdadera parte. SEGUNDO: SIN LUGAR la solicitud cautelar de suspensión de efectos. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
Caja de AhorrosContencioso ElectoralMedida CautelarDerechos Sociales