Sentencia N° 133 — Sala Electoral del TSJ, 19 de diciembre de 2023

TSJ/SE, Sent. N° 133, Exp. 2023-000067, 19/12/2023
Expediente2023-000067
PonenteFANNY MÁRQUEZ CORDERO
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2023-12-19
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso electoral interpuesto por Carlos Enrique Méndez De La Guerra, representado por el abogado Leonell Fernando Roque Acosta, en contra de la elección de los nuevos miembros de la Junta de Condominio del Conjunto Residencial 'Villas de San Diego Country Club'. La elección se realizó el 16 de octubre de 2023, y el recurrente alegó irregularidades en el proceso electoral y solicitó un amparo cautelar para suspender los efectos de dicha elección. La Sala declaró su competencia para conocer del recurso y admitió el mismo, pero consideró improcedente la solicitud de amparo cautelar, ya que no se verificó el fumus boni iuris, es decir, no se demostró la presunción de buen derecho que justificara la medida cautelar solicitada. La decisión fue firmada el 19 de diciembre de 2023, y se ordenó su publicación y registro. Finalmente, se destaca que la Sala Electoral reafirmó la importancia de seguir los procedimientos adecuados en los procesos electorales de las organizaciones de la sociedad civil, garantizando así el derecho a la participación ciudadana y al sufragio.

Extracto de la motiva

La parte recurrente ejerció un recurso contencioso electoral con solicitud de amparo cautelar contra “…de la elección de la Junta de Condominio del Conjunto Residencial ‘Urbanización Villas de San Diego Country Club’ (…) convocada por prensa en fecha cinco (5) de octubre de 2023, en la página Nro. 11 del Diario ‘La Calle’ de circulación nacional…”. Señaló que la Convocatoria realizada era del siguiente tenor: “…La Junta de Condominio del Conjunto Residencial ‘Urbanización Villas de San Diego Country Club’ CONVOCA a todos sus copropietarios a una Asamblea Extraordinaria a celebrarse el día lunes 16 de octubre del año 2023, en las instalaciones de la casa ‘Club del Campo de Golf’. Primer llamado, hora 6.00 p.m. Segundo llamado, hora 6.30 p.m. Puntos a tratar: PRESENTACIÓN DE INFORME DE GESTIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS DE LA JUNTA DE CONDOMINIO Y DE LA ADMINISTRADORA. Decrete medida innominada de amparo cautelar que ordene: 2.1.- Suspensión de efectos de la consulta realizada en fecha dieciséis (16) de octubre de 2023 para la postulación y elección los miembros de la Junta de Condominio (…) para el período octubre 2023- octubre 2024; 2.2.- Suspensión de efectos de los actos o actuaciones efectuados el día veintitrés (23) de octubre de 2023, para la adjudicación y proclamación de los miembros de la Junta de Condominio en los respectivos cargos, para el período octubre 2023 – octubre de 2024, en relación con la elección realizada en Asamblea General Extraordinaria de propietarios de la Urbanización (…) realizada el día dieciséis (16) de octubre de 2023; 2.3.- Ordene a los miembros de la Junta Directiva de la Urbanización (…) electa para el período inmediato anterior a la elección que aquí se impugna, la incorporación provisional en la dirección y el ejercicio de las funciones inherentes a sus respectivos cargos, únicamente en lo atinente a los actos de simple administración. 3.- Declare con lugar la Nulidad Absoluta de la consulta realizada en fecha dieciséis (16) de octubre de 2023 para la postulación y elección de los miembros de la Junta de Condominio (…) para el período octubre 2023- octubre 2024; 4.- Declare con lugar la Nulidad Absoluta de los actos o actuaciones efectuados el día veintitrés (23) de octubre de 2023, para la, adjudicación y proclamación de los miembros de la Junta de Condominio en los respectivos cargos, para el período octubre 2023 – octubre de 2024, en relación con la elección realizada en Asamblea General Extraordinaria de propietarios de la Urbanización (…) realizada el día dieciséis (16) de octubre de 2023.

Dispositiva

1.- DECLARA SU COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con amparo cautelar por el abogado Leonell Fernando Roque Acosta, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 132.647, en su condición de apoderado judicial del ciudadano Carlos Enrique Méndez De La Guerra, titular de la Cédula de Identidad N° V- 6.851.620, en su alegado carácter de propietario de un inmueble que forma parte de la etapa 4 del Conjunto Residencial 'Villas de San Diego Country Club', ubicado en el municipio San Diego del estado Carabobo, contra la elección de los nuevos miembros de la Junta de Condominio del referido Conjunto Residencial para el período 2023-2024 y cuyo acto de votación se realizó el 16 de octubre de 2023. 2.- ADMITE el recurso contencioso electoral interpuesto. 3.- IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar porque no se verificó el fumus boni iuris.

Palabras clave

recurso contenciosoamparo cautelarjunta de condominioeleccionesnulidadasambleapropietarios

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca