Sentencia N° 133 — Sala Electoral del TSJ, 10 de agosto de 2017

TSJ/SE, Sent. N° 133, Exp. 2017-000002, 10/08/2017
Expediente2017-000002
PonenteINDIRA ALFONZO IZAGUIRRE
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2017-08-10
DecisiónPerención de la instancia

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara la perención de la instancia en el recurso contencioso electoral interpuesto por varios ciudadanos contra la Comisión Electoral Nacional del Fútbol Venezolano. La decisión se basa en el incumplimiento de la parte recurrente de publicar y consignar el cartel de emplazamiento en el plazo establecido por la ley, lo que llevó a la extinción del proceso. La sentencia se dictó en Caracas el 10 de agosto de 2017.

Extracto de la motiva

La Sala observa la falta de cumplimiento de la parte actora en la publicación y consignación del cartel de emplazamiento a posibles interesados. En este sentido, el artículo 189 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia establece que el cartel deberá ser retirado, publicado en un diario de circulación nacional o regional, y consignado por la parte demandante dentro de los siete días de despacho siguientes a su expedición. Si la parte demandante incumpliere con esta carga, el Juzgado de Sustanciación declarará la perención de la instancia y se ordenará el archivo del expediente; sin embargo, podrá remitir el expediente a la Sala, cuando estime que existen razones de orden público que justifiquen la continuación de la causa, en cuyo caso, el cartel deberá ser publicado por el Juzgado de Sustanciación.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el recurso contencioso electoral conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente cautelar de suspensión de efectos interpuesto por los ciudadanos los ciudadanos Nicolás Suarez Delgado, Lara Rodríguez Nagger, Franco Fasciana Azócar, Miguel Luis Camargo, Andrés Brito España, José Luis Danglad, jesús Manuel Alvarado, Elis Lucidio Morán Morán , Wilson Javier Soto, Héctor Rojas y Telmo Miguel Moreno, asistidos por el abogado HERNÁN DARÍO GÓMEZ MERCADO contra el acto de autoridad emanado de la Comisión Electoral Nacional del Fútbol Venezolano en el sentido de que la aludida Comisión Electoral, dio inicio al proceso de convocatoria de las elecciones regionales, para la elección de las nuevas autoridades de la Federación Venezolana de Fútbol (FVF). Publíquese, regístrese, notifíquese y cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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