Sentencia N° 13 — Sala Electoral del TSJ, 24 de febrero de 2022

TSJ/SE, Sent. N° 013, Exp. 2020-000017, 24/02/2022
Expediente2020-000017
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2022-02-24
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declaró con lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por Hermes Leonardo Fernández Hernuczon contra las Asambleas Generales Extraordinarias de la Federación Venezolana de Fútbol, realizadas el 11 y 13 de marzo de 2020. Se argumentó que dichas asambleas fueron convocadas de manera irregular y que los estatutos reformados violaban derechos constitucionales, como la libertad de culto y la participación política. En consecuencia, se declararon nulas ambas asambleas.

Extracto de la motiva

La exigencia de que para ser integrante o postulado a miembro del Consejo Directivo de la F.V.F., se requiere no ser Directivos o Directores de algún órgano o ente de la Administración Pública Nacional, Estadal o Municipal, centralizada o descentralizada, o de cualquier entidad pública (entendiendo por Directivos o Directores de Entes Públicos a los definidos en la Ley Contra la Corrupción), constituye una limitación desproporcionada e irrazonable de los derechos a la igualdad y a la participación, por cuanto se trata de la postulación para optar al ejercicio de una actividad de carácter privado, que en modo alguno resulta incompatible con el desempeño de funciones públicas. Así se declara. Ahora bien, dado que las denuncias planteadas no fueron contradichas por la parte recurrida, y que resultan de suficiente entidad a los efectos de que se proceda a la declaratoria de nulidad de la Asamblea General Extraordinaria efectuada en fecha 11 de marzo de 2020, cuyo único orden del día fue la Reforma de los Estatutos de la Federación Venezolana de Fútbol, la Sala declara nula la referida Asamblea. Así se declara.

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar, por el ciudadano Hermes Leonardo Fernández Hernuczon, asistido por el abogado Ornar Antonio Carrillo, venezolano, contra las Asambleas Generales Extraordinarias, efectuadas en fechas 11 de marzo de 2020, cuyo único orden del día fue la Reforma de los Estatutos de la Federación Venezolana de Fútbol, y la de fecha 13 de marzo de 2020, cuyo orden del día estuvo compuesto por tres puntos: 1.- Ratificación de los miembros de la Comisión de ética, 2.- Elección de la Comisión Electoral Nacional, 3.- Reforma del Reglamento Electoral; ambas convocadas por el ciudadano Jesús Miguel Berardinelli en su condición de Presidente encargado de la Federación Venezolana de Fútbol (FVF). SEGUNDO: Se declaran NULAS ambas Asambleas Generales Extraordinarias.

Palabras clave

asambleafútbolnulidadderechosparticipaciónadministración pública

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