Sentencia N° 125 — Sala Electoral del TSJ, 31 de julio de 2007
TSJ/SE, Sent. N° 125, Exp. X-07-00020, 31/07/2007
ExpedienteX-07-00020
PonenteRAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoMedidas Cautelares
Fecha de la decisión2007-07-31
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de medida cautelar innominada presentada por Walfredo Rafael Torres Pacheco, en relación con el proceso electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores de la C. A. Metro de Caracas. Se constató la existencia de irregularidades en las asambleas electorales, lo que llevó a la Sala a declarar con lugar la medida cautelar solicitada, dejando sin efecto el proceso electoral impugnado y ordenando a las autoridades electas continuar en funciones limitándose a actos de simple administración hasta que se dicte la decisión de fondo en la causa.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la solicitud de medida cautelar innominada planteada, para lo cual observa: A los fines de emitir el correspondiente pronunciamiento sobre la medida cautelar innominada solicitada, esta Sala considera necesario reiterar que dicho mecanismo de tutela anticipada tiene una naturaleza preventiva y no restitutoria, que va dirigida a la protección temporal de los derechos de la parte recurrente mientras se dicta sentencia definitiva con motivo del recurso principal, requiriendo para su procedencia la existencia de un medio de prueba del cual se evidencie la presunción grave de violación o amenaza de violación de un derecho, lo que corresponde al fumus bonis iuris, así como la existencia del temor razonable de un daño jurídico posible, inminente e inmediato, producto de un acontecimiento concreto, el cual se hace necesario eliminar en razón de que pueda quedar ilusoria la ejecución del fallo que resuelva el fondo de la controversia, lo cual corresponde al periculum in mora. En lo que respecta al fumus bonis iuris, el recurrente adujo una serie de irregularidades en las Asambleas parciales de contenido electoral de la Caja de Ahorros de los Trabajadores de la C. A. Metro de Caracas, de fechas 11, 12, 13, 14, 15, 18 y 19 de diciembre de 2006, y la Asamblea de Delegados de fecha 20 de diciembre de 2006. Al efecto, señaló que las Asambleas en cuestión se realizaron de manera ilegal, pues estuvieron presididas por los ciudadanos José Altuna, Marilyn Guevara, Miryam Molina e Yván Yépez, cuando ello correspondía al Consejo de Administración de dicha Caja de Ahorros, así como que no se verificó el quórum necesario para su validez. En virtud de lo anterior, es de señalar que el recurrente solicitó por ante el Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la suspensión del acto de votación pautado para el día 26 de enero de 2007, lo cual le fue acordado por fallo de la misma fecha, aunque posteriormente fuera anulado todo lo actuado por el referido Juzgado, en decisión de avocamiento de esta Sala, número 57 del 14 de mayo de 2007.
Dispositiva
PRIMERO: CON LUGAR la medida cautelar solicitada, en consecuencia de lo cual: SEGUNDO: Se DEJA SIN EFECTOS el proceso electoral de la CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DE LA C. A. METRO DE CARACAS (CATMECA), cuyo acto de votación estaba pautado para el día 26 de enero de 2007. TERCERO: Se ORDENA a las autoridades de la CAJA DE AHORROS DE LOS TRABAJADORES DE LA C. A. METRO DE CARACAS (CATMECA), electas para el período 2004-2006, continuar en sus funciones hasta tanto se dicte la decisión de fondo en la presente causa, limitándose a realizar actos de simple administración.
Palabras clave
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