Sentencia N° 122 — Sala Electoral del TSJ, 2 de octubre de 2013

TSJ/SE, Sent. N° 122, Exp. AA70-E-2011-000075, 02/10/2013
ExpedienteAA70-E-2011-000075
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2013-10-02
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara Sin Lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por Yarisma Bogarín y Emilio García contra la Resolución N° 110707-0121 del Consejo Nacional Electoral, que declaró Sin Lugar el recurso jerárquico sobre las elecciones del Sindicato de Trabajadores Bolivarianos de la Empresa Electrificación del Caroní. La Sala concluye que las irregularidades alegadas no afectan la validez del proceso electoral, ya que la diferencia de votos entre las planchas es mayor a los votos irregulares. Se establece que la irregularidad no es suficiente para anular la elección.

Extracto de la motiva

La parte recurrente denuncia que el Consejo Nacional Electoral incurrió en el vicio de falso supuesto al apreciar de manera equivocada las pruebas, señalando que el número de votantes que ejercieron el sufragio irregularmente fue mayor al indicado por el CNE. Sin embargo, la Sala concluye que, a pesar de las irregularidades, la diferencia de votos entre las planchas es superior a los votos irregulares, lo que no afecta la voluntad del cuerpo electoral. Por lo tanto, la irregularidad se considera no invalidante y no justifica la nulidad del proceso electoral.

Dispositiva

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara SIN LUGAR el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos YARISMA BOGARIN y EMILIO GARCÍA contra la Resolución N° 110707-0121 del Consejo Nacional Electoral.

Palabras clave

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