Sentencia N° 121 — Sala Electoral del TSJ, 18 de junio de 2002

TSJ/SE, Sent. N° 121, Exp. 02-000063, 18/06/2002
Expediente02-000063
PonenteRAFAEL HERNÁNDEZ UZCÁTEGUI
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2002-06-18
DecisiónInadmisible

Resumen

El ciudadano Rafael Hernández Cesáreo interpuso un recurso de interpretación sobre el artículo 32 del Decreto con Fuerza de Ley de Cajas de Ahorro y Fondos de Ahorro, relacionado con la reelección de miembros del Consejo de Administración y Vigilancia de la Caja de Ahorros del Personal de la Policía del Estado Carabobo. La Sala Electoral del TSJ analizó la competencia y los requisitos de admisibilidad del recurso, concluyendo que no se cumplía con el requisito de conexidad a un caso concreto, ya que la duda planteada no estaba relacionada con una situación inminente, sino que respondía a inquietudes intelectuales del recurrente sobre futuras elecciones.

Extracto de la motiva

La Sala Político Administrativa ha sostenido que se requiere que la norma cuya interpretación y análisis se solicita: i) Sea de rango legal, pues sólo procede este recurso para fijar el alcance e inteligencia de textos legales; ii) Que la propia ley haya previsto de manera expresa el ejercicio de tal recurso respecto de las normas en ellas contenidas, sin que sea posible extenderlo a otras leyes, salvo que la propia ley que prevé su interpretación, disponga de modo expreso su extensión a otros textos normativos; y iii) Que se verifique conexidad entre la duda planteada y un determinado caso concreto, lo cual posee un doble propósito: por un lado, evitar un simple ejercicio académico de interpretación y por el otro, permitir al intérprete apreciar objetivamente la existencia de la duda que se alegue como fundamento.

Dispositiva

Por los razonamientos antes expuestos, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Electoral, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara su competencia para conocer de la presente causa, e INADMISIBLE el Recurso de Interpretación intentado por el ciudadanos Rafael Hernández y ordena el archivo del expediente. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

interpretacionreeleccioncajas de ahorroderecho electoraljurisdiccion contencioso electoralnorma con fuerza de ley

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