Sentencia N° 110 — Sala Electoral del TSJ, 30 de julio de 2008
TSJ/SE, Sent. N° 110, Exp. X-08-00010, 30/07/2008
ExpedienteX-08-00010
PonenteFERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2008-07-30
DecisiónImprocedente
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de medida cautelar innominada presentada por Teodoro Silva, en relación al proceso electoral de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud. La Sala consideró que no se configuraba el periculum in mora, ya que el recurrente no demostró la existencia de un daño inminente a sus derechos como asociado, lo que llevó a declarar improcedente la medida cautelar solicitada.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala Electoral pronunciarse sobre la procedencia de la medida cautelar innominada ejercida contra el proceso eleccionario de la Junta Directiva de la Caja de Ahorro de los Trabajadores del Ministerio del Poder Popular para la Salud (CAHORMINSA), cuyo acto de votación fue efectuado el 29 de mayo de 2008, y a tal efecto, se observa que conforme al criterio sostenido en reiteradas ocasiones por esta Sala, dicha institución es de naturaleza preventiva y está dirigida a la protección temporal de los derechos de la parte recurrente mientras se dicta sentencia definitiva con motivo del recurso principal, requiriendo para su procedencia verificar concurrentemente el fumus bonis iuris, o presunción de buen derecho que se reclama, así como la existencia del temor razonable de un daño jurídico posible, inminente e inmediato, el cual se hace necesario eliminar en razón de que pueda quedar ilusoria la ejecución del fallo que resuelva el fondo de la controversia, lo cual corresponde al periculum in mora.
Dispositiva
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley declara IMPROCEDENTE la medida cautelar innominada solicitada por el ciudadano Teodoro Silva, antes identificado. Publíquese, regístrese y notifíquese. Agréguese el presente cuaderno al expediente principal.
Palabras clave
medida cautelarproceso electoralCaja de Ahorroderechosimprocedentefumus bonis iurispericulum in moraComisión Electoral