Sentencia N° 107 — Sala Electoral del TSJ, 3 de agosto de 2005

TSJ/SE, Sent. N° 107, Exp. 05-000068, 03/08/2005
Expediente05-000068
PonenteLUIS ALFREDO SUCRE CUBA
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2005-08-03
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por Domingo Alberto Romero Castro, quien fue excluido de la Caja de Ahorros por supuesta falta de condición de asociado. La Sala consideró que la exclusión fue arbitraria y violó sus derechos constitucionales a elegir y ser elegido. Se ordenó a la Comisión Electoral aceptar la postulación de Romero al cargo de Presidente del Consejo de Administración.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral estima que la súbita exclusión de un asociado -sin motivo aparente- que aspira ocupar un cargo electivo y a tal efecto es postulado por un grupo de electores simpatizantes, configura una violación del derecho al sufragio y a la participación política, cuando se utiliza para fundamentar el rechazo a su postulación. Ciertamente una persona que no tenga la condición de asociado (supuesto de inelegibilidad) no puede participar en el proceso electoral que adelanta la Caja de Ahorros de los Empleados, Obreros, Jubilados y Pensionados del Concejo del Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas (C.A.E.O.C.M.D.F). Pero una persona que sí tenga la condición de asociado y se le excluya con fines de inhabilitación política para rechazar su postulación al cargo de Presidente del Consejo de Administración de la referida Caja de Ahorros, se le obliga a cargar con una falsa situación jurídica de inelegibilidad que le impide elegir y ser elegible para el cargo al que se postuló en su condición de asociado.

Dispositiva

1.- CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados JOSÉ RAMÓN SEVILLA MATA, JOSÉ ALIRIO RUIZ y NANCY YSABEL RIVAS ACOSTA, antes identificados, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano DOMINGO ALBERTO ROMERO CASTRO, identificado en autos, contra el CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN y la COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL DE LA CAJA DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS y PENSIONADOS DEL CONCEJO DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS (C.A.E.O.C.M.D.F). 2.- Se ORDENA a la COMISIÓN ELECTORAL PRINCIPAL DE LA CAJA DE AHORRO DE LOS EMPLEADOS, OBREROS, JUBILADOS y PENSIONADOS DEL CONCEJO DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS (C.A.E.O.C.M.D.F), aceptar la postulación del ciudadano DOMINGO ALBERTO ROMERO CASTRO, antes identificado, al cargo de Presidente del Consejo de Administración de la referida Caja de Ahorro.

Palabras clave

amparo constitucionalderecho al sufragioexclusión de asociadoparticipación políticaCaja de Ahorrosinelegibilidadpostulaciónderechos constitucionales

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