Sentencia N° 106 — Sala Electoral del TSJ, 20 de julio de 2010

TSJ/SE, Sent. N° 106, Exp. 10-000070, 20/07/2010
Expediente10-000070
PonenteJUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2010-07-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre un recurso contencioso electoral interpuesto por miembros de la comunidad universitaria de la UNEXPO, quienes solicitaron la suspensión de un acto electoral programado para el 28 de julio de 2010. La Sala admitió el recurso y declaró la medida cautelar, argumentando que la exclusión de ciertos sectores de la comunidad universitaria del registro electoral podría vulnerar sus derechos constitucionales al sufragio y a la igualdad. La decisión se fundamentó en la necesidad de garantizar la participación equitativa en el proceso electoral.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral ha reiterado el criterio jurisprudencial conforme al cual se ha establecido que las medidas cautelares constituyen un instrumento necesario para la eficiencia de la justicia, representando, a su vez, una garantía de los derechos cuya vulneración se discuten mientras se dicta el fallo definitivo, evitando así que el mismo pueda resultar ineficaz; garantía que debe operar siempre que se de cumplimiento a las condiciones legalmente establecidas, y sea necesario acordar una protección cautelar sobre la base de elementos probatorios que hagan presumir la necesidad de esta tutela provisoria, mientras se dicta la sentencia definitiva, con el fin de asegurar que puedan ser protegidos por el fallo definitivo los derechos o intereses sobre los que se solicita la tutela judicial, o para precaver el surgimiento de perjuicios a una de las partes por el transcurso del tiempo.

Dispositiva

1.- COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral ejercidos por los ciudadanos JHONNY VARGAS, ADRIAN JOSÉ BOLÍVAR RAMÍREZ, YOLMAN ALBERTO GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, RAÚL MUÑOZ CAVALIERI y EDGAR RICARDO HERNÁNDEZ, ya identificados, contra la Comisión Electoral Nacional de la Universidad Nacional Experimental Politécnica “Antonio José de Sucre”, respecto a la elección de las autoridades de la referida Casa de Estudios cuyo acto de votación se fijó para el 28 de julio de 2010. 2.- ADMITE el recurso únicamente respecto a los ciudadanos ADRIAN BOLÍVAR RAMÍREZ, YOLMAN ALBERTO GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, RAÚL MUÑOZ CAVALIERI y EDGAR RICARDO HERNÁNDEZ, por tanto, se excluye el análisis de la pretensión respecto al ciudadano JHONNY VARGAS. 3.- ACUERDA la medida cautelar solicitada, y, en efecto, se SUSPENDE el acto de votación pautado para el día 28 de julio de 2010, por la Comisión Electoral de esa Universidad a fin de renovar a las autoridades de esa Casa de Estudios.

Palabras clave

medida cautelarrecurso contencioso electoralsufragiouniversidadparticipación electoral

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