La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declaró con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por un grupo de abogados del Colegio de Abogados del Estado Mérida, quienes denunciaron la omisión de la Junta Directiva y la Comisión Electoral en la convocatoria a elecciones. La Sala determinó que la conducta omisiva de estos órganos vulnera los derechos al sufragio y a la participación política de los agremiados, consagrados en la Constitución. Se ordenó a la Junta Directiva convocar a la Asamblea de Abogados para elegir una nueva Comisión Electoral en un plazo de tres días tras la publicación del fallo.
Extracto de la motiva
El objeto de la acción de amparo constitucional es determinar la presunta conducta omisiva de la Junta Directiva y la Comisión Electoral del Colegio de Abogados del estado Mérida de realizar las actuaciones conducentes para la celebración del proceso electoral de nuevas autoridades del ente gremial regional, y si dicha conducta constituye violación de los derechos constitucionales de los agremiados y agremiadas al sufragio y la participación previstos en los artículos 63 y 70 de la Constitución. A los fines de fundamentar la acción señaló la presunta agraviada que “En fecha 5 de agosto del 2005 (…) fue juramentada la actual Junta Directiva del Colegio de Abogados del Estado Mérida (…). Una vez concluido el período para el cual fueron elegidas tales autoridades (…) no se hicieron las elecciones correspondientes a los períodos subsiguientes, es decir, para los años, 2007-2009, 2009-2011, 2011-2013”. Seguidamente adujo que el 18 de febrero de 2011 se eligió la Comisión Electoral, la cual “En fecha 17 de agosto de 2011, (…) consigna los documentos necesarios para realizar el proceso electoral, (…) así como el registro de abogados del Estado Mérida, proyecto electoral y sistema electoral (…)”. Sin embargo, denunció que “(…) ha sido de imposible ejecución realizar los trámites correspondientes para que se puedan realizar las elecciones del Colegio de Abogados del Estado Mérida (…)”. Por su parte, la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Mérida, presunta agraviante, alegó que corresponde a la Comisión Electoral la organización del proceso electoral, a la cual “(…) se le pasó la data inclusive en físico (…) desde el año 2005 hasta el año 2011 y 2014 (…)”. Que la Asamblea de Abogados del estado Mérida acordó solicitar la renuncia a los integrantes de la Comisión Electoral y, “(…) como no presentaron la renuncia (…) procedimos a solicitarles por la prensa (…) la renuncia para el nombramiento de una Comisión Electoral nueva”.
Dispositiva
1.- CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados FERNANDO GELASIO DE JESÚS CERMEÑO ZAMBRANO, FRANCISCO EFRÉN CERMEÑO ZAMBRANO, FRANKI SALVADOR MÁRQUEZ CONTRERAS, YASMÍN ROCÍO ANDRADE MOLINA, HENRY VALDEMAR VALDÉZ MÁRQUEZ, ISMENIA CAROLINA VALERA DE RODRÍGUEZ, DIANA CAROLINA VERGARA BRICEÑO, CARLOS MIRANDA SANGUINO, BELKIS ZULAY DURÁN DE AVENDAÑO, EDUARDO LUIS PACHANO CALDERÓN y LUIS ALFONSO CHOURIO GARCÍA, actuando “(…) en nombre propio y en defensa de los derechos colectivos de los abogados inscritos en el Colegio de Abogados del Estado Mérida (…)”, contra “EL PRESIDENTE, JUNTA DIRECTIVA (…) y COMISIÓN ELECTORAL DEL COLEGIO DE ABOGADOS DEL ESTADO MÉRIDA (…)”, en virtud de la “(…) conducta omisiva que desde hace siete (07) años mantiene[n] (…) para convocar (…) [y] organizar elecciones libres, universales, directas y secretas (…) con fundamento en los artículos 26, 27, 58, 62, 63 y 64 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (…)”. 2.- ORDENA a la Junta Directiva del Colegio de Abogados del estado Mérida convocar dentro de los tres (3) días siguientes a la publicación del fallo, la Asamblea de Abogados para la elección de una nueva Comisión Electoral con la finalidad de continuar la ejecución del procedimiento ante el Consejo Nacional Electoral de conformidad con las Normas para Regular los Procesos Electorales de Gremios y Colegios Profesionales, previa actualización de la nómina o registro de abogados inscritos.
Palabras clave
amparo constitucionaleleccionesColegio de Abogados