Sentencia N° 101 — Sala Electoral del TSJ, 8 de agosto de 2013

TSJ/SE, Sent. N° 101, Exp. AA70-E-2013-000011, 08/08/2013
ExpedienteAA70-E-2013-000011
PonenteFERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2013-08-08
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por los ciudadanos José Rafael Navas Sánchez y Humberto Celeita Reyes contra la Resolución N° 130129-0003 del Consejo Nacional Electoral, que convocó a elecciones de Alcalde en el municipio Nirgua. Los recurrentes argumentaron que dicha convocatoria violaba el período constitucional del Alcalde electo, Ricardo Capella, quien fue elegido para el período 2010-2014. La Sala consideró que la resolución impugnada fue revocada por un nuevo acto que fijó una nueva fecha para las elecciones, por lo que el objeto del recurso había decaído.

Extracto de la motiva

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido por los ciudadanos José Rafael Navas Sánchez y Humberto Celeita Reyes, titulares de las cédulas de identidad N° 15.275.512 y 81.511.932, respectivamente, actuando con el carácter de electores y asistidos por el abogado Johnny Leonidas Jiménez Mendoza, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 79.626, contra la Resolución N° 130129-0003 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 29 de enero de 2013, publicada en Gaceta Electoral N° 661 de fecha 1 de febrero de 2013, mediante la cual convocó a elecciones de Alcalde en el municipio Nirgua del estado Yaracuy.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso electoral ejercido por los ciudadanos José Rafael Navas Sánchez y Humberto Celeita Reyes, titulares de las cédulas de identidad N° 15.275.512 y 81.511.932, respectivamente, actuando con el carácter de electores y asistidos por el abogado Johnny Leonidas Jiménez Mendoza, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 79.626, contra la Resolución N° 130129-0003 dictada por el Consejo Nacional Electoral el 29 de enero de 2013, publicada en Gaceta Electoral N° 661 de fecha 1 de febrero de 2013, mediante la cual convocó a elecciones de Alcalde en el municipio Nirgua del estado Yaracuy.

Palabras clave

recurso contencioso electoraleleccionesNirguaConsejo Nacional Electoral

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