Sentencia N° 100 — Sala Electoral del TSJ, 28 de julio de 2005
TSJ/SE, Sent. N° 100, Exp. 05-000042, 28/07/2005
Expediente05-000042
PonenteFERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2005-07-28
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia declara Sin Lugar el recurso contencioso electoral interpuesto por Antonio José Astudillo contra la Resolución número 050316-084 del Consejo Nacional Electoral, que declaró improcedente el recurso jerárquico presentado por el recurrente. Se argumenta que el Consejo Nacional Electoral actuó correctamente al considerar extemporáneo el recurso, dado que la impugnación de la sustitución de candidatos debía realizarse dentro de un plazo específico que no fue cumplido por el recurrente.
La Sala analiza la existencia de la sustitución del candidato Ángel Rafael Centeno Guzmán por el Movimiento Quinta República y concluye que efectivamente se realizó dicha sustitución, cumpliendo con los requisitos de publicidad establecidos en la ley. Se desestiman las alegaciones del recurrente sobre la falta de publicidad y se confirma que los electores fueron debidamente informados sobre la postulación.
Finalmente, se ratifica la decisión del Consejo Nacional Electoral y se ordena la publicación y registro de la sentencia, reafirmando la legalidad de la actuación del órgano electoral en el proceso de sustitución de candidatos.
Extracto de la motiva
La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso interpuesto, por los abogados CAMILLE AOUEISS, CARLOS RAUSSEO y JULNEILA RODRIGUEZ G., actuando en su condición de apoderados judiciales del ciudadano ANTONIO JOSÉ ASTUDILLO, actuando en su condición de candidato a Alcalde del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas, contra el Acto Administrativo contenido en la Resolución número 050316-084 de fecha 16 de marzo de 2005, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en la cual se declaró Improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por el ciudadano ANTONIO JOSÉ ASTUDILLO, contra el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación del Alcalde del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas. Publíquese y regístrese. Dada, firmada y sellada en la Sala de Sesiones de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en Caracas a los veintiocho (28) días del mes de julio de 2005. Años 195º de la Independencia y 146º de la Federación.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso interpuesto, por los abogados CAMILLE AOUEISS, CARLOS RAUSSEO y JULNEILA RODRIGUEZ G., actuando en su condición de apoderados judiciales del ciudadano ANTONIO JOSÉ ASTUDILLO, actuando en su condición de candidato a Alcalde del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas, contra el Acto Administrativo contenido en la Resolución número 050316-084 de fecha 16 de marzo de 2005, dictada por el Consejo Nacional Electoral, en la cual se declaró Improcedente el Recurso Jerárquico interpuesto por el ciudadano ANTONIO JOSÉ ASTUDILLO, contra el Acta de Totalización, Adjudicación y Proclamación del Alcalde del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Monagas. Publíquese y regístrese.
Palabras clave
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