Sentencia N° 1 — Sala Electoral del TSJ, 29 de noviembre de 2024

TSJ/SE, Sent. N° 001, Exp. 2023-000027, 19/02/2025
Expediente2023-000027
PonenteCARYSLIA BEATRÍZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ
MateriaElectoral
Tipo de recursoContencioso Electoral
Fecha de la decisión2024-11-29
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de aclaratoria presentada por los ciudadanos HÉCTOR ANTONIO ARANGUREN CARRERO y HÉCTOR MANUEL ARANGUREN GONZALEZ, pero declaró improcedente la aclaratoria de la sentencia número 056, dictada el 29 de noviembre de 2024. La Sala argumentó que la solicitud excedía los límites establecidos en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, ya que no se trataba de un medio de impugnación sino de aclarar puntos dudosos o salvar omisiones.

Extracto de la motiva

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, pronunciarse respecto a la solicitud de aclaratoria presentada, y en tal sentido observa que el artículo 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia remite a la aplicación supletoria de las normas del Código de Procedimiento Civil, en cuyo artículo 252, único aparte, se regulan las solicitudes de aclaratorias de la siguiente forma: “Artículo 252. Después de pronunciada la sentencia definitiva, o la interlocutoria sujeta a apelación, no podrá revocarla ni reformarla el Tribunal que la haya pronunciado. Sin embargo, el tribunal podrá, a solicitud de parte, aclarar los puntos dudosos, salvar las omisiones y rectificar los errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos, que aparecieren de manifiesto en la misma sentencia, o dictar ampliaciones,

Dispositiva

1.- SE ADMITE la solicitud por ser tempestiva. 2.- IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de la sentencia número 056, dictada por la Sala Electoral el 29 de noviembre de 2024.

Palabras clave

aclaratoriaprocedimiento civilsentenciatribunalelectoralderechosjusticia

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