La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia admitió un recurso contencioso electoral interpuesto por Yani Antonio Capuzzi Carafa, quien alegó irregularidades en el proceso electoral de la Liga Venezolana de Voleibol. Se argumentó que la convocatoria a elecciones no cumplió con los plazos establecidos en los estatutos de la liga, lo que vulneraba el derecho al sufragio de los miembros de la organización. La Sala, tras evaluar los argumentos y la documentación presentada, decidió suspender el acto electoral programado para el 31 de enero de 2020, considerando que existía una presunción grave de violación de derechos constitucionales.
Dispositiva
Se declara NULA la convocatoria realizada por el ciudadano José Miguel Rodríguez Goitía a elecciones de la Liga Venezolana de Voleibol a realizarse el 31 de enero de 2020. Se declara NULO el proceso electoral en vista de los vicios señalados. Se declara CON LUGAR la medida cautelar de suspensión de acto de elecciones a realizarse el 31 de enero de 2020.
Palabras clave
recurso contencioso electoralamparo cautelarLiga Venezolana de Voleibolderecho al sufragio