Sentencia N° 999 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de noviembre de 2017
TSJ/SCS, Sent. N° 0999, Exp. 17-202, 13/11/2017
Expediente17-202
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaAgrario
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2017-11-13
DecisiónPERECIDO
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Nelson Ramón Ramos Sequera, representado por el abogado Jesús Andrade, contra la decisión del Juzgado Superior Agrario de Cojedes que declaró con lugar un recurso de apelación. La Sala determinó que el recurso de casación había perecido debido a que no se consignó el escrito de formalización dentro del lapso establecido por la ley, lo que impidió su conocimiento y decisión por parte del Tribunal.
Extracto de la motiva
En el presente caso se observa que el artículo 239 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, dispone: Artículo 239. El lapso para formalizar será de veinte días continuos y consecutivos, computados a partir del día en que se dictó el auto de admisión del recurso, o del día siguiente a la declaratoria con lugar del recurso de hecho, más el término de la distancia que se haya fijado entre la sede del tribunal que dictó la sentencia recurrida y la capital de la República, dentro del cual la parte o partes recurrentes deberán consignar un escrito razonado que contenga las previsiones establecidas en el artículo 317 del Código de Procedimiento Civil, con especial mención de los motivos en que se justifique la disconformidad entre la sentencia de primera instancia y la recurrida. Sin perjuicio de lo anterior podrá formalizarse el recurso de Casación ante el tribunal superior Agrario, el cual remitirá inmediatamente el recurso consignado a la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia.
Dispositiva
En virtud de las razones precedentemente expuestas, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara PERECIDO el recurso de casación anunciado por el abogado Jesús Andrade, Defensor Público Auxiliar Segundo Agrario (Encargado) adscrito a la Defensa Pública del Estado Cojedes, actuando en su carácter de defensor del ciudadano NELSON RAMÓN RAMOS SEQUERA, contra la sentencia dictada en fecha 27 de enero de 2017, por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, que declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del ciudadano Franchesco José Vidone López contra la decisión del 31 de octubre de 2016, proferido por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la aludida Circunscripción Judicial, en el cual se declaró, sin lugar la oposición a la medida de protección agraria. Se condena en costas a la parte recurrente. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al Juzgado remitente.
Palabras clave
recurso de casaciónprotección agrariacarga procesalCódigo de Procedimiento CivilLey de Tierras